Extracto de Estudio de Impacto Ambiental proyecto: Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Río Salado, Región de Atacama - 27 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852417570

Extracto de Estudio de Impacto Ambiental proyecto: Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Río Salado, Región de Atacama

Número de registroCVE-1854884
Fecha de publicación27 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta42.816
CVE 1854884 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.816 | Viernes 27 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1854884
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Servicio de Evaluación Ambiental / III Región de Atacama
EXTRACTO DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL “OBRAS FLUVIALES Y DE
CONTROL ALUVIONAL EN LA CUENCA DEL RÍO SALADO, REGIÓN DE
ATACAMA”
Se informa que el Ministerio de Obras Públicas (MOP), representado por Mariana Amelia
Concha Mathiesen, ha presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el
Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la
Cuenca del Río Salado, Región de Atacama”, en cumplimiento de los artículos 26 y 28 de la Ley
N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la ley N° 20.417, así
como del artículo 88 del DS N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del
SEIA.
El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales
localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral. El diseño
corresponde a obras de regularización y defensa fluvial de manera de permitir el escurrimiento
sin desbordarse del caudal mayor, ya sea para la mayor crecida aluvional registrada a la fecha (el
evento ocurrido en marzo de 2015) o para un periodo de retorno de 100 años. El diseño permite
el paso de las crecidas líquidas y detríticas de forma controlada hasta su descarga final en el
Océano Pacífico, en la playa de Chañaral.
El Proyecto corresponde a un proyecto nuevo, tipificado en la letra a) del artículo 3 del
conjunto de obras sujetas al cumplimiento del artículo 294 del Código de Aguas. En particular,
corresponde a la tipología descrita en el literal a.4) del Reglamento del SEIA. Específicamente,
se trata de obras de control aluvional o alteración de un cuerpo o curso de aguas continentales, de
tipo significativa, al movilizar una cantidad superior a cincuenta mil metros cúbicos de material
(50.000 m³), tratándose de la Región de Atacama, según lo contemplado en la ley N°19.300,
modificada por la ley N° 20.417. El proyecto considera un movimiento de material total producto
de las excavaciones de 1.152.312 m3.
El Proyecto se ubica en la Región de Atacama, en las comunas de Diego de Almagro y
Chañaral, específicamente en las tres principales localidades presentes en la cuenca del río
Salado: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
La Línea de Base del EIA caracterizó el área de influencia del Proyecto, considerando los
siguientes componentes: clima y meteorología, calidad del aire, ruido y vibraciones, geología,
geomorfología y riesgos geológicos, suelo, hidrología, hidrogeología, calidad de aguas,
vegetación y flora vascular, animales silvestres, ecosistemas acuáticos, patrimonio arqueológico
y paleontológico, paisaje, áreas protegidas y sitios prioritarios, atractivos naturales y culturales,
usos del territorio, medio humano y proyectos con RCA.
La materialización del Proyecto implicará una inversión estimada de $74.940 millones en
moneda del 17.10.2019, equivalente aproximadamente a US$104.272,055 (Valor US$ = $
718,69) o 2.670.171 UF (UF = $ 28.065,35).
El Proyecto ingresa al SEIA a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) debido a
que presenta el impacto significativo señalado en el literal c) del artículo 11 de la ley N°19.300,
esto es “Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de
vida y costumbres de grupos humanos”.
En el EIA se presentan las medidas propuestas para mitigar y compensar los efectos
adversos significativos del Proyecto sobre Medio Humano por “Reasentamiento de comunidades
humanas”. Las medidas de mitigación y compensación se encuentran en el capítulo 6 del EIA y
son las siguientes:

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