Extracto de Estudio de Impacto Ambiental Puerto Exterior de San Antonio - 2 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852216535

Extracto de Estudio de Impacto Ambiental Puerto Exterior de San Antonio

Número de registroCVE-1838296
Fecha de publicación02 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta42.794
CVE 1838296 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.794 | Lunes 2 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1838296
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Servicio de Evaluación Ambiental / V Región de Valparaíso
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: "PUERTO EXTERIOR DE SAN ANTONIO"
(Extracto)
Empresa Portuaria San Antonio
Rep. Legal: Luis Leopoldo Knaak Quezada
Región : Región de Valparaíso
Tipología de Proyecto : f.- Puertos (agua).
En cumplimiento con los artículos 26 y 28 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del
Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417, así como el artículo 88 del DS Nº 40 del 2012
de Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (“RSEIA”), se informa que la Empresa Portuaria San Antonio (EPSA), representada
por el señor Luis Knaak Quezada, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(“SEIA”), el Estudio de Impacto Ambiental (“EIA”) “Puerto Exterior de San Antonio” (“el
Proyecto”).
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 10º de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en
su letras: f) Puertos, a) Dragado, b) Subestación eléctrica, e) Terminal de ferrocarriles y vías
férreas, i) Extracción de pozos o canteras, y ñ) Producción, disposición o reutilización de
sustancias explosivas, que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual
o mayor, en una cantidad igual o superior a dos mil quinientos kilogramos diarios (2.500 kg/día).
Capacidad de almacenamiento de sustancias explosivas en una cantidad igual o superior a dos
mil quinientos kilogramos (2.500 kg).
El Proyecto tiene como objetivo aumentar la capacidad de transferencia de carga de la zona
central del país, a través de la construcción de un nuevo puerto en la Región de Valparaíso,
provincia y comuna de San Antonio, el que estaría compuesto por dos terminales portuarios. Este
nuevo puerto permitirá recibir naves de última generación Clase E, de 400 m de largo y calado
superior a 14,5 m bajo la superficie del mar, conocidos como Post-New-Panamax.
El Proyecto considera la construcción y operación de dos nuevos terminales portuarios: el
Terminal 1 (TS1), al lado de mar, y el Terminal 2 (TS2), a lado de tierra, los que, en su conjunto,
llegarán a movilizar un total de carga de contenedores de hasta 6 millones de TEU/año, además
de estar habilitados para atender naves de Clase E que poseen una capacidad de 15.000 TEU
(Twenty foot Equivalent Unit, unidad de medida de capacidad de transporte marítimo referido a
contenedores de carga de 20 pies).
El monto de inversión del proyecto asciende a US$3.500.000.000 (tres mil quinientos
millones de dólares estadounidenses).
El Proyecto contempla actividades, obras o acciones en las siguientes áreas:
Área Portuaria: Asociada a las partes, obras y acciones que se realizarán dentro de los
sectores denominados “Sector Portuario” y “Sector Marítimo”. Dentro de las partes, obras y
acciones del “Sector Portuario” se consideran: las obras de abrigo; las actividades de dragados y
rellenos de explanada; los muelles, las explanadas de los terminales; el Sector Logístico; la
instalación de faena principal; la vialidad interna del Puerto Exterior y el trazado ferroviario
interno del Puerto. Dentro de las partes, obras y acciones del “Sector Marítimo” se considera el
área de vertimiento del material dragado.

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