Extracto de decreto exento número 82, de 2019.- Modifica y complementa concesión onerosa de inmueble fiscal en la Región de Antofagasta, a Fotovoltaica Norte Grande 1 SpA - 9 de Marzo de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875218672

Extracto de decreto exento número 82, de 2019.- Modifica y complementa concesión onerosa de inmueble fiscal en la Región de Antofagasta, a Fotovoltaica Norte Grande 1 SpA

Número de registroCVE-1557842
Fecha de publicación09 Marzo 2019
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Número de Gaceta42.300
CVE 1557842 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.300 | Sábado 9 de Marzo de 2019 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1557842
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
MODIFICA Y COMPLEMENTA CONCESIÓN ONEROSA DE INMUEBLE FISCAL EN
LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, A "FOTOVOLTAICA NORTE GRANDE 1 SPA"
(Extracto)
Mediante decreto exento Nº 82, de 26 de febrero de 2019, el Ministerio de Bienes
Nacionales dispuso la modificación y complementación del decreto (exento) Nº 963, de 11 de
noviembre de 2014, del Ministerio de Bienes Nacionales, que otorgó a la sociedad "Fotovoltaica
Norte Grande 1 SpA", la concesión onerosa del inmueble fiscal ubicado a 2 Kms. al Noroeste del
Cruce de la Ruta 5 con la Ruta 24, Sector Crucero, comuna de María Elena, provincia de
Tocopilla, Región de Antofagasta, para ejecutar y desarrollar proyecto de Energía Renovable no
Convencional; en el sentido que la concesión se otorga por un plazo de 35 años y que el proyecto
se deberá construir en el plazo máximo e improrrogable de 10 años, contado desde la fecha de
suscripción del contrato de concesión. Otras modificaciones en el decreto referido.
La escritura pública modificatoria del contrato de concesión deberá suscribirse dentro del
plazo de 30 días, contado desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial, del presente
extracto. Los decretos con sus textos íntegros se encuentran disponibles en el sitio web del
Ministerio de Bienes Nacionales.
Autoriza extracto.- Martín Aro Greene, Jefe División Jurídica (S).

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