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Decreto núm. 659 EXENTO, publicado el 27 de Septiembre de 2005. ESTABLECE FECHA DE DERECHO ESPECIFICO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE FECHA DE DERECHO ESPECIFICO QUE SEÑALA

Núm. 659 exento.- Santiago, 20 de septiembre de 2005.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 12 de la ley Nº 18.525; en el decreto Nº 831, de 2003, del Ministerio de Hacienda; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, y en la resolución Nº520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. - Que la política del Supremo Gobierno en materia de productos agrícolas básicos tiene por objeto establecer un margen razonable de fluctuación de los precios internos en relación a los precios internacionales de tales productos, y

  2. - Que para cumplir con dicho objetivo es indispensable establecer derechos específicos a la importación de azúcar desde el 1 de octubre de 2005 y hasta el 31 de octubre de 2005,

Decreto:

Artículo 1º

Establécese, a contar del 1 de octubre de 2005 y hasta el 31 de octubre de 2005, un derecho específico como se señala en el artículo siguiente, a la importación de productos que se clasifican en la posición arancelaria que a continuación se indica:

Mercancía Código Glosa

Azúcar 1701.1100 De caña

1701.1200 De remolacha

1701.9100 Con adición de aromatizante o

colorante

1701.9910 De caña, refinada

1701.9920 De remolacha, refinada

1701.9990 Los demás

Artículo 2º

El derecho específico a que se refiere el artículo anterior se aplicará según la siguiente tabla:

Tipo de Azúcar US$/Kg

Azúcar cruda: 0,095

Azúcar refinada grados 1 y 2: 0,008

Azúcar refinada grados 3 y 4 y

subestándares: 0,060

Artículo 3º

Los derechos que resulten de la aplicación del derecho específico establecido en el presente decreto, sumado al derecho ad valorem, no podrán sobrepasar el arancel tipo consolidado por Chile ante la Organización Mundial de Comercio, considerando cada operación de importación individualmente y teniendo como base el...

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