Decreto 81 EXENTO - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RENAICO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 81 exento.- Renaico, 16 de abril de 2001.- Vistos:
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Lo establecido en el decreto ley Nº 3.063, sobre Rentas Municipales.
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El acuerdo Nº 16 del 16 de abril de 2001, del Concejo Municipal.
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Las necesidades de efectuar adecuaciones e incorporar Derechos Municipales.
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Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
D e c r e t o:
1.- Efectúese las siguientes incorporaciones y modificaciones a la Ordenanza Municipal de Renaico, de fecha 13 de enero de 1998, en la forma que a continuación se indica:
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Incorporación:
Todos los habitantes de la comuna que perciban el servicio de recolección de basura, deberán cancelar dicho servicio de acuerdo al valor que determina la municipalidad.
Queda prohibido a los particulares, efectuar podas, extraer o eliminar árboles de las vías públicas, sin autorización previa del Departamento de Aseo y Ornato de la Municipalidad, además será sancionada con el máximo de la multa establecida, en la presente ordenanza, toda persona que destruya árboles, jardines existentes en plazas, parques, calles, avenidas y en bienes nacionales de uso público.
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Modificaciones:
Derechos municipales relativos a las disposiciones del decreto N-83 de 1988, del Ministerio del Interior, para carros y remolques.
1. Certificado de empadronamiento
más costo de placa 20% UTM
2. Duplicado certificado de
empadronamiento y de permiso
de circulación 20% UTM
3. Certificado de modificación en
el registro, cuando no se trate
de una rectificatoria de error u
omisión administrativa 20% UTM
4. Placa provisoria (más costo
duplicado placa) 20% UTM
Ordenanza empadronamiento de vehículos no afecto a pagos de circulación.
5. Se extenderá un documento identificatorio, cuyo valor será de 10% UTM.
El otorgamiento de patentes para el ejercicio transitorio de actividades lucrativas, pagará los siguientes derechos municipales:
12. Ferias artesanales, juguetes, libros,
vestuarios, promociones y similares
por día o fracción de día 10% UTM
15. Derecho de estacionamiento de
locomoción colectiva en la vía
pública (por metro cuadrado) 4% UTM.
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