Decreto 114 - MODIFICA DECRETO Nº 29, DE 2011, QUE APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA 'BONIFICACIÓN AL INGRESO ÉTICO FAMILIAR' ESTABLECIDO EN LA PARTIDA 21, CAPÍTULO 01, PROGRAMA 05, SUBTÍTULO 24, ÍTEM 03, ASIGNACIÓN 010, GLOSA 08 DE LA LEY Nº 20.481, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2011 - MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 382165578

Decreto 114 - MODIFICA DECRETO Nº 29, DE 2011, QUE APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA 'BONIFICACIÓN AL INGRESO ÉTICO FAMILIAR' ESTABLECIDO EN LA PARTIDA 21, CAPÍTULO 01, PROGRAMA 05, SUBTÍTULO 24, ÍTEM 03, ASIGNACIÓN 010, GLOSA 08 DE LA LEY Nº 20.481, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2011

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor27 de Junio de 2012

MODIFICA DECRETO Nº 29, DE 2011, QUE APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA "BONIFICACIÓN AL INGRESO ÉTICO FAMILIAR" ESTABLECIDO EN LA PARTIDA 21, CAPÍTULO 01, PROGRAMA 05, SUBTÍTULO 24, ÍTEM 03, ASIGNACIÓN 010, GLOSA 08 DE LA LEY Nº 20.481, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2011

Santiago, 27 de diciembre de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 114.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 número 6, y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; la glosa 08 de la partida 21.01.05, de la Ley Nº 20.481, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2011; la glosa 07 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.557, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2012; la ley Nº 19.949, que establece un Sistema de Protección Social para Familias en Situación de Extrema Pobreza, denominado "Chile Solidario"; el decreto supremo Nº 235, de 2004, del Ministerio de Planificación, que Reglamenta la Aplicación de la Ley Nº 19.949; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

Que la glosa 08 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.481, creó el Programa Bonificación al Ingreso Ético Familiar, consistente en un beneficio monetario de carácter extraordinario en favor de las personas que allí indica.

Que esta bonificación extraordinaria forma parte integrante de las prestaciones del Sistema de Protección Social "Chile Solidario", establecido por la ley Nº 19.949.

Que el inciso cuarto de la glosa citada dispuso que un decreto supremo, expedido por el Ministerio de Planificación y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, regularía el pago de la bonificación, su periodicidad y demás normas necesarias para la implementación, aplicación y evaluación del programa.

Que, con fecha 7 de marzo de 2011, se dictó el decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio de Planificación, que aprueba Reglamento que Establece Normas para la Implementación del Programa "Bonificación al Ingreso Ético Familiar" establecido en la partida 21, capítulo 01, programa 05, subtítulo 24, ítem 03, asignación 010, glosa 08 de la ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011.

Que el referido reglamento ha sido modificado por los decretos supremos Nos 59, 80 y 91, todos de 2011, del Ministerio de Planificación.

Que la glosa 07 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.557, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2012, dispone recursos para continuar implementando el Programa, estableciendo que éste se ejecutará conforme al decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio de Planificación, y sus modificaciones.

Que se hace necesario modificar el referido decreto supremo para que sea aplicable durante el año 2012, de conformidad a lo dispuesto en la citada glosa 07.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio de Planificación, que Aprueba el Reglamento que Establece Normas para la Implementación del Programa "Bonificación al Ingreso Ético Familiar" establecido en la partida 21, capítulo 01, programa 05, subtítulo 24, ítem 03, asignación 010, glosa 08 de la ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, en el siguiente sentido:

1) Sustitúyense sus Títulos Primero, Segundo y Tercero, por los siguientes:

"TÍTULO PRIMERO

Disposiciones generales Artículos 1 a 13.bis
Artículo 1º

El Programa Bonificación al Ingreso Ético Familiar se regirá por las disposiciones contenidas en la glosa 07 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.557, en este Reglamento y en los actos administrativos que se dicten en ejercicio de la facultad señalada en el inciso final de este artículo.

El Programa Bonificación al Ingreso Ético Familiar será administrado por el Ministerio de Planificación, especialmente, le corresponderá verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la Bonificación, concederla y extinguirla. Para estos efectos, el Ministerio de Planificación utilizará la información contenida en la Ficha de Protección Social. Con todo, las actualizaciones de información a la referida Ficha, que pudieren producir efectos para ser beneficiario de la Bonificación, sólo producirán sus efectos a contar de la fecha en que se verifique tal actualización.

Corresponderá al Ministerio de Planificación dictar los actos administrativos a que diera lugar el Programa Bonificación al Ingreso Ético Familiar.

Artículo 2º Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

a) Programa: El Programa Bonificación al Ingreso Ético Familiar, creado por la glosa 08 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.481, y continuado en su implementación por la glosa 07 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.557.

b) Bonificación: Beneficio que otorga el Programa de conformidad a la glosa 07 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.557 y al presente Reglamento.

c) Chile Solidario: Sistema de Protección Social "Chile Solidario", creado en la ley Nº 19.949 e integrado por personas o familias que se encuentran percibiendo el Bono de Protección o el Bono de Egreso, a que se refiere el artículo 2º transitorio de la referida ley, o respecto de quienes no se encuentren percibiendo el Bono de Protección o el Bono de Egreso, pero se encuentran recibiendo el apoyo psicosocial que señala el artículo 4º de la citada ley.

d) Ficha de Protección Social: La Ficha de Protección Social regulada en el decreto supremo Nº 291, de 2006, del Ministerio de Planificación, que reglamenta su diseño, uso y aplicación.

e) Glosa: Glosa 07 de la partida 21.01.05, de la ley Nº 20.557.

f) Extrema pobreza: Umbral de extrema pobreza que corresponde a la medida oficial utilizada por el Ministerio de Planificación en la Encuesta de Caracterización Socioeconómica correspondiente al año 2009 y que comprende a quienes cuenten con un puntaje en su Ficha de Protección Social igual o inferior a 4.213 puntos.

Artículo 3º

La Bonificación consiste en una prestación...

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