Estudio Jurídico Pini y Compañía S.A. 99.547.650-9 - 23 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 916787867

Estudio Jurídico Pini y Compañía S.A. 99.547.650-9

Fecha de publicación23 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2239456
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.433
CVE 2239456 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.433 | Viernes 23 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2239456
EXTRACTO
VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, notario público titular de la Décima Notaria
de Santiago, con oficio en calle agustinas 1235, segundo piso, de la comuna de Santiago,
certifica que: ante mí, Con fecha 01 de diciembre del año 2022, se celebró la junta Extraordinaria
de Accionistas de la Sociedad “Estudio Jurídico Pini y Compañía S.A” reducida a escritura
pública 09 de diciembre de 2022, bajo Repertorio Nº 15202/2022, por la cual sus accionistas:
Iván Alberto Pini Giussiano y Don Gerardo Pini Giussiano, todos domiciliados en Avenida Las
Condes 7700, oficina 401 A, acordaron: Por el presente instrumento, los únicos socios de la
sociedad antes mencionada proponen modificar la sociedad señalada, transformándola en una
sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la ley N° 3918 de
fecha 14 de marzo de 1923 y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las
disposiciones del código civil y del código de comercio. - NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. El
nombre o razón social será “ESTUDIO JURÍDICO PINI & CÍA LIMITADA”, pudiendo usarse
como nombre de fantasía “ESTUDIO JURÍDICO PINI Y CIA LTDA”.- Domicilio Social: La
sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que
se establezcan en el país o en el extranjero.- Objeto Social: a) El objeto de la sociedad será la
prestación de servicios profesionales en el área jurídica y judicial, b) Las asesorías y consultorías
en servicios financieros, contables y tributarios, de recursos humanos y laboral, c) A tal efecto,
podrá realizar toda clase de negocios jurídicos, podrá asociarse con otras personas naturales o
jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras.-
ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la
representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá en forma individual, a don
IVAN ALBERTO PINI GIUSSIANO.- CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la suma
de dos millones de pesos, aportados, suscritos, pagados y enteraron en el acto de constitución
social: don IVAN ALBERTO PINI GIUSSIANO, aportó, enteró, suscribió y pagó en este acto,
al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de un millón novecientos
noventa y ocho mil pesos, equivalentes al noventa y nueve coma nueve por ciento del capital
social y don GERARDO PINI GIUSSIANO, aportó, enteró, suscribió y pagó en el en este acto,
al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de dos mil pesos,
equivalentes al cero coma uno por ciento del capital social. Con esto se da por enterado el
capital, ya ingresado a la caja social.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su
responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes en conformidad a lo
previsto en el artículo segundo de la Ley número tres mil novecientos dieciocho sobre
Sociedades de Responsabilidad Limitada.- DURACIÓN: El Plazo de duración de la sociedad
será de cinco años y empezará a regir a contar de esta fecha y se entenderá renovado
automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años mientras ninguno de los socios
exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con tres meses de
anticipación a lo menos al vencimiento del término de la sociedad o de su correspondiente
renovación, escritura de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción respectiva en el
Registro de Comercio, con la misma anticipación señalada. Demás estipulaciones escritura
extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2022.

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