Establece normas para facilitar a los Concejos Comunales el conocimiento de delitos descubiertos por la Contraloría General de la República.
Fecha | 08 Marzo 2006 |
Número de Iniciativa | 4100-06 |
Fecha de registro | 08 Marzo 2006 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Araya Guerrero, Pedro, Burgos Varela, Jorge, Cardemil Herrera, Alberto, García García, René Manuel, Mora Longa, Waldo, Mulet Martínez, Jaime, Ojeda Uribe, Sergio, Saffirio Suárez, Eduardo |
Materia | CONCEJOS MUNICIPALES, CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
ESTABLECE NORMAS FARA FACILITAR A LOS CONCEJOS COMUNALES EL CONOCIMIENTO DE DELITOS DESCUBIERTOS POR LA CONTRALORÍA
BOLETÍN N° 4100&8209;06
Considerando:
1.&8209; Que conforme a sus facultades legales Contraloría debe pasar a la autoridad judicial competente los antecedentes pertinentes cuando de cualquiera investigación, examen o revisión que practique resulte que se ha cometido malversación de fondos públicos, soborno, cohecho u otro delito semejante.
2.&8209; Que el Consejo de Defensa del Estado, a petición del Contralor, se debe hacer parte en todos los procesos que se inicien por denuncia de la Contraloría en defensa del patrimonio de las instituciones sometidas a su fiscalización; sin perjuicio de que el Contralor General pueda iniciar cualquier juicio civil o criminal o hacerse parle en todo proceso a que pudieren dar lugar los delitos o irregularidades que se notaren en los Servicios sometidos a su fiscalización o control.
3. &8209; Que no existe norma similar que permita a los concejos comunales tomar conocimiento directo del organismo contralor de la comisión de delitos al interior de sus reparticiones, aun cuando conforme al artículo 199 de la Constitución Política de la República, el concejo ejerce funciones normativas, resolutivas y fiscalizadoras y participa en la administración de la comuna.
4.&8209; Que resulta necesario introducir una modificación a nuestra legislación que precisamente permita a los concejos comunales tomar conocimiento en forma directa y por la propia entidad que realizó la investigación, la comisión delitos en los organismos de su dependencia.
Por lo anterior, los Diputados que suscriben vienen en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.&8209; Agrégase en el inciso primero del artículo 139 de la ley N° 10.336, de organización y atribuciones .de la Contraloría General de la República, cuyo refundido fue fijado por el decretó supremo N° 2421, del Ministerio de Hacienda, de 1964 a continuación del punto seguido...
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