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Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 06 de Junio de 1987. ESTABLECE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE SAN JOAQUIN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

ESTABLECE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE SAN JOAQUIN Santiago, 07 de Enero de 1987.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. N° 1-18.294.- Vistos: Lo dispuesto en D.F.L.

N° 1-3.260, de 1981 y las facultades que me confiere la Ley N° 18.294, prorrogadas por el Artículo 66 de la Ley 18.382 y Artículo 66 de la Ley 18.482, vengo en dictar el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1° Establécese la Municipalidad de la Comuna de San Joaquín

Esta Municipalidad entrará en funcionamiento, en la fecha en que asuma su cargo el respectivo Alcalde, designado en conformidad a la ley, dentro del plazo de 120 días contados desde la publicación del presente Decreto con Fuerza de Ley en el Diario Oficial.

Artículo 2°

El primer presupuesto, de esta nueva Municipalidad será aprobado por el Intendente de la Región Metropolitana.

Artículo 3°

Autorízase a la Municipalidad de San Miguel para traspasar a título gratuito a la Municipalidad de San Joaquín, los bienes muebles e inmuebles que requiera para su funcionamiento.

Artículo 4°

Las obligaciones pendientes de la Municipalidad de San Miguel, serán siempre de cargo de ésta, aún cuando su causa tenga relación con el territorio de la Municipalidad de San Joaquín.

Las contribuciones, patentes y demás créditos en favor de la Municipalidad originaria, pendientes de pago a la fecha que entre en funcionamiento la nueva Municipalidad, le corresponderá y deberá pagarse, en todo caso, a aquella.

Artículo 5°

Fíjase la siguiente planta del personal de la Municipalidad de San Joaquín:

Escalafón Cargo Grado N° Cargos Total

ALCALDE Alcalde 2° 1 1

-----

1

DIRECTIVO Juez Policía

Local 3° 1 1

Directivos 3° 1 1

Directivos 4° 2 2

Directivos 5° 2 2

Directivos 6° 3 3

Directivos 7° 2 2

Directivos 8° 1 1

-----

12

PROFESIONAL Profesionales 6° 2 2

Profesionales 7° 4 4

Profesionales 8° 6 6

Profesionales 9° 6 6

Profesionales 10° 5 5

Profesionales 11° 5 5

Profesionales 12° 3 3

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Ley 15.076 22 hrs. 31

JEFATURA Jefaturas 9° 1 1

Jefaturas 10° 3 3

Jefaturas...

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