Establece marco para la gestión de residuos y responsabilidad extendida del productor. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914507040

Establece marco para la gestión de residuos y responsabilidad extendida del productor.

Fecha10 Septiembre 2013
Fecha de registro10 Septiembre 2013
Número de Iniciativa9094-12
EtapaTramitación terminada Ley N° 20.920 (Diario Oficial del 01/06/2016)
MateriaGESTION DE RESIDUOS, RESPONSABILIDAD DEL PRODUCTOR
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
MENSAJE













MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY MARCO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS Y RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR.

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SANTIAGO, 14 de agosto de 2013.-





MENSAJE 182-361/




Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS.


Tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley que establece el marco para la gestión de residuos y responsabilidad extendida del productor, cuyos fundamentos paso a exponer.


I. ANTECEDENTES


En Chile, desde hace décadas, el manejo de los residuos se plantea como preocupación en los distintos sectores sociales, aunque sin soluciones efectivas. La complejidad del tema nos enfrenta hoy, además, a patrones de producción y consumo que favorecen la generación cada vez mayor de residuos.


Los residuos son sustancias u objetos que su poseedor desecha o tiene la intención u obligación de desechar de acuerdo a la normativa vigente. El manejo de residuos y su disposición final generan altos costos ambientales, sociales y también un elevado costo económico para los Municipios, quienes, en su gran mayoría, contratan a empresas privadas o mediante manejo propio deben gestionar su recolección, transporte y disposición final. Por su parte, un gran porcentaje de residuos son dispuestos en vertederos y micro basurales ilegales que en su mayoría se ubican en la periferia de la zona urbana, afectando principalmente a comunas de bajos ingresos e impactando negativamente sus presupuestos, debiendo éstas asignar recursos económicos, equipamiento y personal para clasificar, extraer, transportar y eliminar los residuos dispuestos ilegalmente en el espacio público.


El marco regulatorio que actualmente se refiere al manejo de residuos sólidos en el país está compuesto por las siguientes normas:


a) Código Sanitario: establece la obligación de las municipalidades de recolectar, transportar y eliminar por métodos adecuados las basuras, residuos y desperdicios que se depositen o produzcan en la vía urbana (artículo 11 letra b). Por su parte, en el párrafo III del Título II (artículos 78 a 81) se refiere a los “desperdicios y basuras”; en él se establecen las autorizaciones sanitarias de distintas instalaciones de manejo de residuos;


b) Decreto ley N° 3.063/1979, Ley de Rentas Municipales: se refiere al cobro del servicio municipal de extracción de residuos sólidos domiciliarios. Al respecto, establece criterios para cobro diferenciado; programas ambientales, incluyendo reciclaje; frecuencia o volúmenes de extracción; o las condiciones de accesibilidad; todos ellos criterios que deben establecerse por cada municipalidad a través de ordenanzas locales. Finalmente, establece una exención general a usuarios cuya vivienda o unidad habitacional tenga un avalúo fiscal igual o inferior a 225 unidades tributarias mensuales, así como la facultad para que cada municipalidad exima a ciertas personas del pago de la tarifa por el servicio de aseo (Título III, artículos 5 a 11;


c) Ley N° 18.695, Orgánica de Municipalidades: establece como función privativa de las municipalidades el aseo y ornato de la comuna (artículo 3 letra f) y atribuye a la unidad de medio ambiente, aseo y ornato el servicio de extracción de la basura;


d) Decreto supremo N° 685/1992 en que Chile ratifica el Convenio de Basilea: regula el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición;


e) Ley N° 19.300: exige evaluación ambiental a ciertos proyectos vinculados al manejo de residuos (artículo 10 letras i, ñ y o). Asimismo, esta ley establece como función del Ministerio del Medio Ambiente proponer políticas y formular normas, planes y programas en materias de residuos (artículo 70 letra g);


f) Decreto supremo N° 594/2000 del MINSAL: establece condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;


g) Decreto supremo N° 148/2004 del MINSAL: establece el Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos;


h) Decreto supremo N° 45/2007 del MINSEGPRES: establece la norma de emisión para la incineración y co-incineración;


i) Decreto supremo N° 189/2008 del MINSAL: regula condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios;


j) Decreto supremo N° 6/2009 del MINSAL: regula el manejo de residuos generados en establecimientos de atención de salud;


k) Decreto supremo N° 4/2009 del MINSEGPRES: reglamenta el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas;


l) Decreto supremo N° 2/2010 del MINSAL: regula la autorización de movimientos transfronterizos de residuos peligrosos consistentes en baterías de plomo usadas; y


m) Decreto supremo N° 3/2012 del Ministerio del Medio Ambiente: reglamenta el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas.



II. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO


Chile ha realizado importantes avances en el manejo de residuos domiciliarios. En el año 1995 la totalidad de los residuos domiciliarios se eliminaban en vertederos y basurales y tan sólo diez años más tarde en 2005, más del 60% de los residuos se disponían en rellenos sanitarios que cumplen con una serie de exigencias técnicas sanitarias y ambientales.


Sin embargo, desde el punto de vista regulatorio, el énfasis de la gestión de residuos ha sido puesto en resolver adecuadamente su disposición final, y ha quedado en evidencia que concentrar los esfuerzos en resolver sanitaria y ambientalmente la disposición final no es suficiente y es necesario redefinir el enfoque de la gestión de los residuos en nuestro país de modo tal que se incluya la valorización de los residuos, en todos sus aspectos. Por su parte, las condiciones de mercado actualmente en Chile no permiten internalizar de manera completa la externalidad generada ni permiten racionalizar la disposición final de residuos.


Actualmente, la gran mayoría de los municipios limitan su gestión a la disposición final de los residuos a través de contratos con empresas privadas o mediante manejo propio. En general, dichos organismos no han manifestado una disposición concreta para el manejo integral de sus residuos y buscan, por lo general, eliminarlos sin considerar estrategias como fomentar la prevención de su generación o su potencial valorización. Asimismo, los contratos de disposición final, muchas veces desincentivan las iniciativas de reciclaje, debido a que los costos por tonelada son menores mientras más aumente la cantidad dispuesta. Sin perjuicio de lo anterior, algunos municipios han formalizado el reciclaje a través de contratos para la recolección diferenciada. Asimismo, existe un mercado informal de recicladores e intermediarios para la recolección de papel y cartón, chatarra y otros residuos reciclables y también un mercado formal con empresas recuperadoras y recicladoras de papel y cartón, chatarra, plástico, hojalatas, aceites, baterías y neumáticos, entre otros residuos, empresas que se han desplegado en las principales ciudades del país.


De esta forma, si bien ha existido avances en materia sanitaria, la tasa de valorización de residuos generados en Chile es aún incipiente, del orden del 10%. Entre 2009 y 2010 se realizó el estudio “Levantamiento, Análisis, Generación y Publicación de Información Nacional Sobre Residuos Sólidos de Chile”, el cual presenta resultados en base a la revisión de estudios anteriores y encuestas a municipalidades, empresas generadoras y destinatarios de residuos. Los resultados del estudio presentan las siguientes estimaciones para el año 2009: una generación de 16,9 millones de toneladas de residuos, de las cuales 10,4 millones de toneladas corresponden a residuos industriales y 6,5 millones de toneladas a residuos domiciliarios, de estos últimos un alto porcentaje (33%) corresponde a materiales potencialmente valorizables. Estos datos no incluyen a los residuos mineros masivos. Más aún, algunos residuos domiciliarios de consumo masivo considerados residuos peligrosos no son tratados adecuadamente (e.g. medicamentos vencidos). Por otra parte, una lista acotada de productos de consumo masivo representa un gran porcentaje de la generación de residuos potencialmente valorizables y/o peligrosos (~85%). La siguiente tabla presenta el volumen y tasa de valorización en el país:


Producto

Generación (ton/año)

Crecimiento (%)

Tasa valoriza- ción (%)

Año

Fuente

Neumáticos Fuera de Uso

53,560

3%

22%

2012

CINC (2012)

Aparatos electrónicos

7,674

-

19%

...

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