Decreto 1059 - AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 25 de Septiembre de 2012 |
AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Núm. 1.059.- Santiago, 20 de agosto de 2012.- Vistos: El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44°, 45° y 46° del DL N° 1.263, de 1975; el artículo 11 de la ley N° 18.196; el artículo 17 de la ley N° 20.557; el Convenio de Programación N° 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado,
Decreto:
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Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de UF 7.800.000 (siete millones ochocientas mil Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley N° 20.557.
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La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan a continuación:
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Emisor : Empresa de los Ferrocarriles del
Estado.
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Tipo de Bonos : Bonos a ser emitidos en Chile,
con cargo a líneas inscritas en
el Registro de Valores y
Seguros.
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Monto de la Emisión: Hasta UF 7.800.000 (siete
millones ochocientas mil
Unidades de Fomento) o su
equivalente en pesos, moneda de
curso legal en Chile.
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Moneda : Unidades de Fomento.
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Plazo : No inferior a 10 años y no
superior a 30 años.
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Amortización de
Capital : Variable, distribuida hacia el
final del instrumento.
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Rescate Anticipado : No hay rescate anticipado.
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Tasa de Interés : Los bonos devengarán un interés
anual sobre el valor nominal a
la par, expresado en Unidades de
Fomento, pagadero semestral o
anualmente, según determine la
Empresa emisora, por semestres
vencidos o anticipados, a una
tasa que no podrá exceder de
3,7% anual.
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Plazo de colocación: Hasta el 31 de diciembre de
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Garantizador : República de Chile.
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Objetivo : La Empresa de los Ferrocarriles
del Estado destinará los
recursos provenientes de la
colocación de los bonos a la
reestructuración de pasivos y a
financiar el Plan Trienal 2011 -
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La Empresa de los Ferrocarriles del Estado deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que regulan la materia a que se refiere la presente autorización.
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El servicio de la deuda que se origine por la colocación de los...
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