DT aclara que empleador podrá seguir otorgando beneficios 'históricos' a no sindicalizados - 24 de Julio de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 734570901

DT aclara que empleador podrá seguir otorgando beneficios 'históricos' a no sindicalizados

"Por razones de buen servicio, se ha estimado pertinente emitir un pronunciamiento que complemente y modifique el sentido y alcance de la disposición contenida en el artículo 322 del Código del Trabajo, que regula la institución de la extensión de beneficios, en particular respecto de los beneficios históricos que otorgue un empleador a sus trabajadores".Así parte un dictamen emitido el viernes por la Dirección del Trabajo (DT), que precisó lo que ocurre con los beneficios "históricos" de trabajadores no sindicalizados, contemplados en los contratos individuales o que no estén escriturados y que se entregan desde antes de una negociación colectiva.Previamente, el servicio, a partir de una consulta del Arzobispado de Santiago, había decretado que los beneficios históricos (como uniforme, colación, movilización y aguinaldos) de trabajadores no sindicalizados se podían mantener, sin requerir el acuerdo del sindicato, pese a que los mismos bonos o condiciones pasadas pasaron a formar parte de un instrumento colectivo con una entidad sindical. De oficio, ahora la DT profundizó en la materia y amplió su alcance a beneficios "tácitos", es decir, que no están regulados, pero que igual se entregan por el empleador. "Las remuneraciones, condiciones y beneficios, sea que consten o no por escrito, integran el patrimonio del trabajador. En consecuencia, una vez acordados, no pueden alterarse por actos unilaterales del empleador, como tampoco por acuerdos celebrados por terceros, o por el empleador con terceros, ya que estos le son inoponibles al trabajador, debido a que este no es parte de aquellos", reza el dictamen del director Mauricio Peñaloza.El texto explica que "un beneficio histórico no deviene en colectivo por el hecho de que sea incorporado en un instrumento colectivo celebrado con posterioridad a su otorgamiento por parte del empleador, toda vez que tiene su origen en un acuerdo expreso o tácito de cada trabajador con el empleador, o en políticas propias de la empresa y que han sido...

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