Dirección del trabajo en negociación colíencdticivea verificar cumplimiento requisitos última oferta para los efectos de la votación de la última oferta o huelga - Núm. 102, Diciembre 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920415

Dirección del trabajo en negociación colíencdticivea verificar cumplimiento requisitos última oferta para los efectos de la votación de la última oferta o huelga

AutorRicardo Garrido C.
Páginas66-68
66
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
Situaciones especiales.
a) Depósito de un documento donde no consta ni la rma y/o ni la fecha de recepción,
o no se acredita el envío del texto al correo electrónico jado en el proyecto de contrato
colectivo.
El funcionario de la Unidad de Relaciones laborales a cargo del proceso dará traslado
de ese documento, mediante correo electrónico, a la Comisión Negociadora solicitando
que aquella indique por escrito si esa es la última oferta recibida por uno de sus
miembros y la fecha en que ello ocurrió. Deberá remitirse copia de ese correo a la
parte empleadora.
b) Depósito de manera posterior a la votación de la última oferta o huelga.
Teniendo presente que el empleador no se encuentra obligado a depositar la última
oferta, el funcionario de la Unidad de Relaciones laborales a cargo del proceso dará
traslado de ese documento, mediante correo electrónico, a la Comisión Negociadora
solicitando que aquella indique por escrito si esa es la última oferta recibida por uno
de sus miembros y la fecha en que ello ocurrió. Deberá remitirse copia de ese correo
a la parte empleadora.
c) Depósito de un documento que no reviste las características formales de una
última oferta.
Tanto en la redacción como en la forma, la última oferta debe seguir las mismas
orientaciones establecidas para la respuesta que el empleador debe dar al proyecto de
contrato colectivo presentado por los trabajadores al inicio del proceso de negociación
colectiva, pues esa es la sede legal en donde se jan los aspectos más generales de
la respuesta u oferta del empleador y, si el legislador no vuelve sobre ellos en otras
de las normas negociales, es porque ha querido que aquélla sea la regla general.
Por consiguiente, si no se establecen particulares condiciones respecto de la forma
que habrá de tener la última oferta del empleador, deberá forzosamente estarse a lo
señalado por la regla general del inciso primero del artículo 346.
VERIFICAR CUMPLIMIENTO REQUISITOS ÚLTIMA OFERTA PARA LOS EFECTOS
DE LA VOTACIÓN DE LA ÚLTIMA OFERTA O HUELGA.
Fuente legal:
Artículos 335, 336 y 346 del Código del Trabajo.
Concepto.
El cumplimiento de los requisitos consignados en los citados artículos, en cuanto al
plazo, formalidades de otorgamiento de la última oferta y su publicidad, según se
trate de grandes y medianas empresa o micro y pequeñas, tiene directa incidencia
en la votación de última oferta, atendido lo cual, se hace necesario que la Dirección
del Trabajo verique si el documento que obra en su poder cumple o no con todos
los requisitos que establecen las disposiciones legales citadas a efectos de ser
considerada como la última oferta a ser votada.

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