Dictamen nº 2372 de Contraloría General de la República, de 10 de Enero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 486902818

Dictamen nº 2372 de Contraloría General de la República, de 10 de Enero de 2014

N° 2.372 Fecha: 10-I-2014Se ha dirigido a esta Contraloría General don Enzo Alex Olivares Castillo, inquiriendo acerca de la regularidad de la licitación pública convocada por el Ministerio de Bienes Nacionales para la enajenación de determinados inmuebles fiscales situados en la Región Metropolitana, por cuanto la propiedad ubicada en la calle Recoleta N° 3.298, de la comuna de Recoleta, fue adjudicada a Inmobiliaria Promash Ltda., sociedad que no habría acompañado la boleta de garantía de seriedad de la oferta prevista en las bases del concurso. A solicitud de esta Contraloría General, ese Ministerio ha remitido el informe de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana, el cual señala que en el acto de apertura de las ofertas, efectuado ante la titular de esta repartición y dos de sus funcionarios, se constató que la aludida empresa había adjuntado todos los documentos requeridos por el referido pliego de condiciones, pero que al levantar el acta de ese trámite se consignó, erróneamente, la falta del instrumento a que se refiere el ocurrente.En relación con la materia, es necesario precisar que mediante el decreto exento N° 112, de 2012, de la citada Cartera de Estado, se aprobaron las bases especiales de la licitación pública para la enajenación a la mejor oferta económica de diversos inmuebles situados en la Región Metropolitana, entre los cuales se encuentra la propiedad antes nombrada.La letra f) del número 4 de ese acto administrativo dispone, en lo que interesa, que la propuesta deberá contenerse en un sobre cerrado y que junto con la oferta económica se acompañará la enunciada garantía de seriedad.Enseguida, su letra i) ordena que en caso de inobservancia de todo o parte de cualquiera de los requisitos establecidos en ese precepto se tendrá por no presentada la oferta. A su vez, las letras a), c) y d) del número 5 de esa normativa determinan, en lo que interesa, que aquella caución debe ser otorgada mediante una boleta de garantía bancaria irrevocable y pagadera a la vista o a 30 días, con una vigencia de 210 días corridos contados desde la fecha de la apertura de las propuestas, por el equivalente al 5% del valor mínimo de venta fijado para el respectivo inmueble -que en el caso de la especie era de UF 1.761-, individualizando en su glosa la propiedad a que se refiere.A continuación, conviene indicar que el Acta de Recepción y Apertura de Propuestas correspondiente fue levantada en...

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