Dictamen nº 21760 de Contraloría General de la República, de 10 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 436523846

Dictamen nº 21760 de Contraloría General de la República, de 10 de Abril de 2013

N° 21.760 Fecha: 10-IV-2013

Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Luis Alejandro Cruz Pino, exacadémico de la Universidad de Chile, para solicitar la revisión de la base de cálculo determinada por esa casa de estudios superiores para efectos de establecer el monto del beneficio de la ley N° 20.374, pues estima que la actualización de su remuneración en base al índice de precios al consumidor -en adelante I.P.C.-, no fue efectuada correctamente.

Requerido su informe, la aludida institución describe el método utilizado para el pago de la bonificación por retiro voluntario en cuestión, acompañando la documentación respectiva.

Cabe recordar que mediante el dictamen N° 73.228, de 2011, este Órgano de Control resolvió una primera presentación del recurrente sobre la misma materia, señalando que atendida la falta de mayores antecedentes acompañados por la citada universidad para verificar la regularidad de su actuación, esa entidad educacional debía validar las variables que empleó para fijar el monto del aludido beneficio y, de existir diferencias, hacer las regularizaciones correspondientes.

Precisado lo anterior, es útil recordar que el artículo , inciso segundo, de la referida ley N° 20.374, dispone que la remuneración que servirá de base para el cálculo de la bonificación de que se trata será la que resulte del promedio de las remuneraciones mensuales imponibles que le hayan correspondido al servidor durante el año 2008, actualizadas según la variación del I.P.C., determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o por el sistema de reajustabilidad que lo sustituya.

Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que la citada entidad educacional determinó dos montos aplicando distintos métodos de cálculo en cada oportunidad.

En efecto, en un primer momento dicha casa de estudios estableció que al peticionario debía pagarse la suma de $1.555.422, para lo cual actualizó las remuneraciones imponibles del año 2008 con el valor del I.P.C. de diciembre del mismo año para, posteriormente, sumar el total de estas, dividiéndolas por 12 meses para obtener la remuneración promedio de dicha anualidad, la cual utilizó para calcular el valor del monto final multiplicado por 11 meses, que es el tope legal.

Luego, y producto de un nuevo reclamo del señor Cruz Pino, la Universidad de Chile efectuó un segundo cálculo, pero esta vez sumó las remuneraciones imponibles del año 2008 y las dividió por 12, obteniendo así el...

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