Dictamen nº 48574 de Contraloría General de la República, de 9 de Agosto de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406756218

Dictamen nº 48574 de Contraloría General de la República, de 9 de Agosto de 2012

N° 48.574 Fecha:09-VIII-2012 Mediante su oficio N° 817, de 2012, y para efectos de la liquidación de la póliza de fidelidad funcionaria por valores fiscales que indica, la Contraloría Regional de Los Ríos requiere, nuevamente, un pronunciamiento de este Nivel Central, ahora específicamente acerca de cuál es el sueldo de la exfuncionaria de la Municipalidad de Paillaco afectada -doña Rosa Elizabeth Gallego Garrido- que debe considerarse, atendido que en la especie no existe un único día de ocurrencia del siniestro respectivo, toda vez que, según consta de los antecedentes tenidos a la vista, este se desarrolló entre marzo de 2008 y junio de 2010. En relación con la materia, cabe recordar, en primer término, que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 56, inciso segundo, del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, el monto de la caución que deben rendir los funcionarios que ejerzan cargos cuya función consista en la administración y/o custodia de bienes o dineros del Estado, debe ser de dos años de sueldo. El inciso final del mismo precepto añade que corresponderá al Contralor General hacer efectiva la fianza “una vez ocurrido el riesgo” que importe, a su juicio, menoscabo al interés garantizado. A su vez, en concordancia con lo manifestado por la jurisprudencia de este Organismo de Control -contenida en el dictamen N° 17.956, de 2001- y con lo que se señala en la póliza N° 311602, correspondiente a la aludida exfuncionaria municipal, el sueldo base que debe considerarse para...

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