Dictamen nº 3074 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366354330

Dictamen nº 3074 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 2012

N° 3.074 Fecha: 17-I-2012

Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a los vehículos policiales RP-2194 y Z-3742, de cargo de la Subcomisaría Paine, de la 15ª Comisaría Buin, conducidos por los funcionarios de esa institución policial, señores Oscar Eduardo Contreras Flores y Gonzalo Alejandro Gómez Abarca, respectivamente, y a las dos casacas operativas y dos cascos antibalísticos que usaban dichos servidores, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquéllos.

Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 6 de febrero de 2010, los aludidos empleados, como conductores de los referidos móviles, acompañados de otros empleados, efectuaban un patrullaje preventivo por el interior de la Población Los Héroes, y al llegar a la intersección de los pasajes Lautaro y Galvarino, en la comuna de Paine, fiscalizaron a dos individuos, produciéndose un forcejeo con uno de ellos, instante en el cual un grupo de personas, con la finalidad de evitar la detención de aquél, comenzaron a lanzar piedras y palos al personal policial, ocasionándole diversos deterioros a los mencionados vehículos y a los otros bienes fiscales.

Los daños ocasionados al automóvil RP-2194, según el certificado N° 180, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola de fojas 134 a 136 de autos, ascendieron a la suma de $136.850; en tanto que los perjuicios producidos al furgón Z-3742, de acuerdo con el certificado N° 197, de 2011, de la misma Sección, que rola de fojas 273 a 276 del expediente, fueron por un monto de $260.000, siendo ambas especies reparadas y dadas de alta para el servicio.

Por su parte, de conformidad con los recibos de devolución de Control de Vestuario Provincia, agregados a fojas 282 y 284 del procedimiento administrativo, consta que las casacas operativas que portaban los afectados, fueron dadas de baja.

Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General...

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