Dictamen nº 64317 de Contraloría General de la República, de 12 de Octubre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 338096694

Dictamen nº 64317 de Contraloría General de la República, de 12 de Octubre de 2011

N° 64.317 Fecha:12-X-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Berta Ponce Pérez, funcionaria del Departamento de Salud de la Municipalidad de San Ramón, solicitando un pronunciamiento acerca de diversas materias relacionadas con el traspaso del personal de salud de ese municipio desde el régimen laboral del Código del Trabajo al previsto en la ley N° 19.378, sobre Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.250.

Requerido informe del municipio, éste lo emitió mediante el oficio N° 312, de 2011, señalando que se han adoptado las medidas conducentes a subsanar las observaciones formuladas por este Organismo de Control a los decretos que ordenaron el respectivo traspaso, mediante oficios N°s. 58.718 y 62.557, ambos de 2008; 195, de 2009; 43.557, de 2010, y 41.519, de 2011. Además, por ORD. N° 445, de 2011, remite diversos antecedentes a fin de subsanar tales objeciones.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, respecto a la legalidad del acta de la comisión de traspaso a que se refiere la peticionaria, que en el oficio N° 41.519, de 2011, esta Entidad Fiscalizadora precisó que si bien el individualizado municipio adjuntó los antecedentes que acreditaban el acuerdo adoptado por la comisión para los efectos de verificar que los traspasos se efectuaron en el nivel correspondiente, no obstante, del análisis de los mismos advirtió que don Marcelo Santibáñez Martínez, quien integra la comisión en calidad de Jefe del Departamento de Salud Municipal, no registra relación laboral a la data en que ellos se ordenaron.

Ahora bien, de los documentos acompañados por la autoridad edilicia, se advierte que el señor Santibáñez Martínez fue contratado mediante el decreto N° 144, de 1997, como coordinador del Departamento de Salud, desde el 13 de febrero de ese año al 13 de febrero de 1998, documento que fue modificado por el signado con el N° 258, también de 1997, determinando que a partir del 1 de marzo de la misma anualidad, sus funciones serían las de jefe de esa unidad. Asimismo, señala que, en virtud de los actos administrativos que menciona, tal contratación se renovó sucesivamente, transformándose en indefinida.

Al respecto, resulta necesario hacer presente que sólo los referidos decretos N°s. 144 y 258, ambos de 1997, fueron remitidos a esta Contraloría General, de conformidad con el artículo 53 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para su trámite de...

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