Dictamen nº 420 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 245997282

Dictamen nº 420 de Contraloría General de la República, de 5 de Enero de 2011

N° 420 Fecha: 05-I-2010

Mediante el oficio N° 6.245, de 2010, la Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido a este Nivel Central una presentación efectuada por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, en la que expone que en el marco del proyecto denominado “Habilitación Centro y Sistema de Control de Área de Tránsito de Puerto Montt”, se ha estimado oportuno llevar adelante, en forma independiente del proyecto precitado -pero, a la vez, complementaria-, una licitación pública para el suministro, instalación, puesta en marcha y mantención de la red de datos necesaria para dicho Sistema de Control, cuyas bases otorgan a los oferentes la opción de entregar el cable de fibra óptica a través de sus propios ductos soterrados o vía área, mediante postación eléctrica existente.

Agrega que la alternativa mencionada obligará, una vez que finalice el convenio que se celebre con ocasión de la licitación pública referida, a contratar los servicios de mantención de la red de comunicaciones reseñada a la misma empresa que la haya suministrado inicialmente -por cuanto un tercero no puede intervenir los ductos ni los cables- , y que otra alternativa es exigir que el proyecto sea con cableado aéreo en su totalidad, por lo que solicita comentarios al respecto.

Sobre el particular, cumple con manifestar -en primer término- que a esta Entidad de Control, de acuerdo a lo previsto en el artículo 21 B de la ley N° 10.336, que fija su organización y atribuciones, no le corresponde evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones administrativas, así como tampoco le compete calificar a priori, en términos generales, las determinaciones que pretendan adoptar los órganos de la Administración.

Lo anterior, por cierto, no obsta a que este Organismo Fiscalizador, en virtud de lo establecido en los artículos 98 de la Constitución Política de la República; y 1°, 9°, 16, 21 A y 21 B de la ley N° 10.336, ya mencionada, entre otras disposiciones, se pronuncie sobre la juridicidad de las actuaciones de la Administración, con el objeto de velar por el respeto a las normas y principios fundamentales que rigen los procedimientos de licitación y las correspondientes contrataciones.

En este sentido, y sin que signifique pronunciamiento acerca del proceso de contratación específico a que se refiere la consulta que se formula, cabe precisar que el artículo 1° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos...

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