Dictamen nº 91835 de Contraloría General de la República, de 21 de Diciembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 656766741

Dictamen nº 91835 de Contraloría General de la República, de 21 de Diciembre de 2016

N° 91.835 Fecha: 231-XII-2016

Doña Érica Zapata Zúñiga solicita un pronunciamiento que determine si se ajustó a derecho la decisión del Ministerio de Educación (MINEDUC) de no renovar la “Beca Vocación de Profesor” destinada a financiar los estudios de su hijo don Fernando Salazar Zapata, estudiante de la carrera de Pedagogía y Licenciatura en Biología en la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (UMCE).

Requerido de informe, el MINEDUC expone que el estudiante quedó excluido del proceso de asignación del beneficio en comento, por cuanto solicitó la suspensión de la percepción de aquél para el segundo semestre de 2013, por lo que durante la renovación de la beca para el año 2014 no figuró como renovante ya que no contaba con matricula vigente en la UMCE para esa anualidad.

Asimismo, afirma que en el año 2015 dicha cartera se reunió con la UMCE para revisar la situación del estudiante en la que se acordó que para resolver el caso se debían acompañar los antecedentes que demostrasen que la universidad asumiría los costos de los estudios cursados en el segundo semestre de 2014 por el alumno y la solicitud de suspensión del primer semestre de esa anualidad, sin embargo este último documento no fue entregado por la universidad.

Por su parte, la UMCE expone que al estudiante se le ha intentado ayudar otorgándole una rebaja del arancel adeudado correspondiente al año 2014; se le concedió una beca de trabajo dentro de la universidad y se le dio la posibilidad de pagar la deuda del año 2015 mensualmente durante todos los años de estudio.

Sobre el particular, es del caso señalar que la beca en examen correspondiente al año 2013 fue regulada por la Ley de Presupuestos del Sector Público N° 20.641, en la glosa 03, letra e), Asignación 200, Ítem 03, Subtítulo 24, del Programa 30, Capítulo 01, de la Partida del MINEDUC, en la que se señala, que dicho beneficio se asignará a los alumnos que hayan cumplido con los requisitos y condiciones que ahí se indican y las que se establezcan en el reglamento respectivo. Asimismo, ese precepto indica que la beca también se aplicará a los alumnos renovantes de la misma.

En este sentido, el artículo 33 del decreto N° 116, de 2012, del MINEDUC, que modifica decreto N° 337, de 2010, de ese origen, que reglamenta el Programa de Becas de Educación Superior, prescribe, en lo que interesa, que se denomina "Renovaciones" al proceso por el cual el MINEDUC valida año a año los antecedentes de los estudiantes que...

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