Dictamen nº 63180 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 580468094

Dictamen nº 63180 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 2015

N° 63.180 Fecha: 07-VIII-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Toribio Núñez Guzmán, ex Cabo 1° de Carabineros de Chile, para solicitar que su pensión de retiro por inutilidad de segunda clase sea incrementada con los reajustes correspondientes al sector activo.

Requerido al efecto, el Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile, junto con remitir el expediente del interesado, manifiesta, en síntesis, que dicha prestación se reajusta automáticamente en conformidad con los artículos 2° del decreto ley N° 2.547, de 1979; 94 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior; y 66 de la ley N° 18.961.

A su vez, la Dirección de Previsión de la anotada entidad policial informa, en lo pertinente, que el citado artículo del decreto ley, derogó todas las normas sobre reajustabilidad de pensiones en base a las rentas de su similar en servicio activo, quedando estas sometidas a los reajustes generales de jubilaciones, incluidas aquellas concedidas bajo la modalidad de invalidez de segunda clase. Agrega que la pensión del recurrente se encuentra ajustada a derecho y al día en materia de reajustes.

Sobre el particular, cabe manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución “R” N° 1.240, de 1990, del mencionado departamento, se le otorgó al peticionario un beneficio previsional de invalidez de segunda clase, a contar del 1 de agosto de la precitada anualidad.

Seguidamente, corresponde anotar que el inciso primero del artículo del decreto ley N° 2.547, de 1979, preceptúa que todas las pensiones de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, se reajustarán automáticamente en el 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor entre el mes anterior al último reajuste concedido y...

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