Dictamen nº 45255 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 580859702

Dictamen nº 45255 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2015

N° 45.255 Fecha: 08-VI-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Superintendencia de Pensiones, SUPEN, solicitando la aclaración de lo instruido a ese organismo en la parte final del dictamen N° 99.028, de 2014.

Sobre el particular, es útil anotar que dicho pronunciamiento, además de ratificar el dictamen N° 19.906, del 2014, determinó que no procedía el pago de las licencias médicas de pre y postnatal de una servidora a honorarios de ese organismo, dado que en su contrato se establecía una cláusula que exigía para ello presentar una ‘copia de la respectiva licencia debidamente tramitada’, situación que no se verificó en ese caso, por los motivos que en esa oportunidad se precisaron.

Sin perjuicio de ello, el dictamen informó que la redacción de la estipulación a que se refiere el párrafo anterior, en los términos en que le ha dado aplicación dicha repartición, “vulnera el criterio de este Ente de Control que impide otorgar a los servidores contratados a honorarios mayores beneficios económicos que aquellos que perciben los funcionarios sujetos a la ley N° 18.834.”.

En tal sentido, agrega que conforme al artículo 6° de la ley N° 10.336, los dictámenes de esta Institución Fiscalizadora son obligatorios y vinculantes para los servicios sometidos a su fiscalización, lo que encuentra su fundamento en las disposiciones legales que menciona.

En razón de ello, dicho dictamen instruye a la SUPEN modificar los contratos a honorarios que contengan dicha cláusula, ajustándolos al referido criterio, informando de ello a esta Contraloría General.

Al respecto, cabe indicar que la estipulación de que se trata exige, para el pago de los honorarios en el lapso en que los servidores se encuentren con licencia médica, la total tramitación de ésta, lo que supone, necesariamente, que la institución de salud previsional correspondiente pagará los subsidios asociados a tales permisos.

De este modo, tal cláusula dispone que los servidores de esa entidad recibirán, durante este período, tanto el subsidio asociado a estas licencias como el pago íntegro de sus honorarios, lo...

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