Dictamen nº 27429 de Contraloría General de la República, de 6 de Noviembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 746014081

Dictamen nº 27429 de Contraloría General de la República, de 6 de Noviembre de 2018

N° 27.429 Fecha: 06-XI-2018

Doña Adela Cristina Navarro Muñoz, funcionaria de Gendarmería de Chile, solicita un pronunciamiento que le reconozca el derecho a percibir el monto total de las bonificaciones que contempla la ley N° 20.948 durante el proceso de postulación correspondiente al año 2018, toda vez que, según indica, a raíz de un hecho que no le fue imputable, no pudo ser considerada dentro de los seleccionados para uno de los cupos del 2017.

Requerida, la aludida institución penitenciaria indica que no fue posible dar curso a la primera solicitud de la interesada, por cuanto esta no acreditó el desempeño del lapso mínimo necesario para acceder a dichos beneficios, agregando, que si bien el dictamen N° 18.122, de 2017, de esta Entidad Fiscalizadora, concluyó posteriormente que esta podía reconocer el tiempo servido en otro organismo de la Administración del Estado, a esa época el respectivo plazo de postulación se encontraba vencido.

Sobre el particular, resulta necesario anotar que el inciso primero del artículo 1 de la citada ley N° 20.948 otorga una bonificación adicional, por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata que perciban la bonificación por retiro del título II de la ley N° 19.882, siempre que a la fecha de postulación tengan veinte o más años de servicio, continuos o discontinuos, en la Administración Central del Estado o en sus antecesores legales, y cumplan los demás requisitos que establece esa ley.

Por su parte, el artículo 5 de ese cuerpo normativo prevé, en lo que interesa, que podrán acceder al referido estipendio durante los años 2016, 2017 y 2018 hasta un máximo de 3.000, 2.800 y 3.300 beneficiarios, respectivamente, de acuerdo con los procedimientos que se disponen en los artículos transitorios.

En este contexto, cabe destacar que el artículo primero transitorio del citado texto legal, establece en su N° 1, que los servidores podrán postular al referido beneficio adicional y a los bonos de los artículos 9 y 10 en su respectiva institución empleadora en los plazos y condiciones que allí se mencionan, indicando en la primera parte de su letra b), que en el caso de los funcionarios y funcionarias que, a contar de la fecha de publicación de esa ley -3 de septiembre de 2016- y hasta el 31 de diciembre de 2017, cumplan 65 años de edad podrán postular dentro del o los plazos que establezca el reglamento, comunicando su decisión de renunciar voluntariamente a su cargo.

A su turno, el inciso primero del...

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