Dictamen nº 35265 de Contraloría General de la República, de 14 de Septiembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 240041822

Dictamen nº 35265 de Contraloría General de la República, de 14 de Septiembre de 2000

N° 35.265 Fecha: 14-IX-2000

Se ha dirigido a esta Contraloría General don F.F., funcionario Administrativo grado 20 E.U.S de la Dirección del Trabajo, consultando si le asiste el derecho a renunciar a la calidad de ministro de fe que ostenta desde el año 1993, teniendo en consideración para ello que tal investidura fue solicitada por él.

Requerido su informe, el Servicio lo ha emitido mediante oficio reservado N° 103, de 2000.

Sobre el particular, es menester precisar, en primer término, que de acuerdo con lo prescrito en el artículo , letra f), de la Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, contenida en el DFL N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, compete a su Director "dirigir, controlar y coordinar todas las actividades del Servicio, pudiendo en el ejercicio de esta facultad dictar todas las resoluciones, circulares, órdenes de servicio e instrucciones que estime necesarias para su mejor administración".

Enseguida, la letra k) del mismo precepto faculta a la citada autoridad para "encomendar al o a los funcionarios del Servicio, que él designe, determinados trabajos o comisiones, bajo su dependencia directa o del Departamento que señala".

A su turno, el artículo 7° de la ley N° 19.069, que establece normas sobre organizaciones sindicales y negociación colectiva, dispone que "para los efectos de esta ley, serán ministros de fe, además de los inspectores del trabajo, los notarios públicos, los oficiales del Registro Civil y los funcionarios de la administración del Estado que sean designados en calidad de tales por la Dirección del Trabajo".

Ahora bien, según consta en los antecedentes tenidos a la vista, el ocurrente fue investido de la calidad de ministro de fe a través de la resolución...

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