Dictamen nº 16525 de Contraloría General de la República, de 2 de Julio de 1993 - Doctrina Administrativa - VLEX 240031686

Dictamen nº 16525 de Contraloría General de la República, de 2 de Julio de 1993

costas personales en los procesos por infracciones a ley 17105 deben ingresarse, actualmente, al patrimonio del consejo de defensa del estado, depositandose, para esto, en la cuenta de esa reparticion. ello, porque si bien dictamenes 21934/90 y 24763/90 concluyeron que desde la entrada en vigor del dl 2573/79 los delegados de alcoholes solo tuvieron derecho a percibir como retribucion por su desempeno el honorario del 10 por ciento de las sumas que ingresen a tesoreria por multas y recargos, debiendo enterarse en arcas fiscales las costas que antes les correspondian, por constituir recursos publicos, dicha situacion vario con la dictacion de ley...

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