Dictamen nº 34758 de Contraloría General de la República, de 11 de Septiembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 240008042

Dictamen nº 34758 de Contraloría General de la República, de 11 de Septiembre de 2000

N° 34.758 Fecha: 11-IX-2000

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección Nacional de Aduanas, formulando diversas consultas relativas al concurso interno de promociones de su personal, las que serán absueltas en el mismo orden en que han sido planteadas.

En primer término, solicita se determine si deben rendir la prueba de selección contemplada en el referido concurso de oposición interno de promociones todos los funcionarios que postulen a éste o sólo aquellos servidores que, conforme lo ordenado por la normativa orgánica de esa entidad, requieren de la aprobación previa de un curso de capacitación habilitante para optar a determinado empleo.

Sobre el particular, cabe tener presente que el artículo 8° de la ley N° 19.479, establece los requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos del personal del Servicio Nacional de Aduanas, los que consisten en encontrarse en posesión de algún nivel específico de escolaridad, experiencia en el cargo o haber aprobado los cursos de capacitación que haya determinado el Director Nacional.

Por su parte, el artículo 10 de ese cuerpo legal dispone, en su inciso primero, que las promociones en los cargos de carrera de las Plantas Directivas, de Profesionales, de Fiscalizadores y de Técnicos se efectuarán por concurso de oposición interno, limitado a los funcionarios de planta del Servicio que cumplan con los requisitos correspondientes y se encuentren calificados en Lista N°1, de Distinción o en Lista N°2, Buena.

Como puede advertirse, de los preceptos reseñados queda de manifiesto que para acceder a los cargos de las plantas indicadas, además de los requisitos generales contenidos en el artículo 8°, es menester rendir un examen o prueba dentro del concurso interno convocado al efecto, que constituye uno de los factores de selección que permitirán determinar el puntaje que en el respectivo certamen obtengan los servidores de que se trate.

En este orden de ideas, resulta útil reiterar que el cumplimiento de los requisitos de postulación es una condición previa para participar en el concurso de promociones a que se ha aludido, sin que pueda confundirse, por ende, la aprobación de un curso de capacitación habilitante con la prueba de selección para postular a un empleo determinado, tal como se informara por esta Entidad Fiscalizadora mediante dictámenes N°s. 10.522 y 12.821, ambos del presente año.

Por consiguiente, todos los postulantes a alguna de las plazas de...

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