Dictamen nº 27454 de Contraloría General de la República, de 19 de Julio de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 240001994

Dictamen nº 27454 de Contraloría General de la República, de 19 de Julio de 2002

N° 27.454 Fecha: 19-VII-2002

El Fiscal del Ministerio de Obras Públicas se ha dirigido a la Contraloría General requiriendo un pronunciamiento que determine si dentro de la asignación 005 "Otros Gastos Inherentes a la Capacitación", del ítem 21 del subtítulo 22 del presupuesto de ese Ministerio, que comprende los gastos por materiales didácticos de apoyo docente, es dable adquirir medios electrónicos e informáticos, tales como televisores, video grabadores, data show, equipos de radio, computadores, proyectoras, pantallas u otros elementos tecnológicos de comunicación.

Expresa el peticionario que los mencionados bienes permitirían una más fácil exposición y difusión de las materias comprendidas en las respectivas áreas temáticas del correspondiente plan anual de capacitación de esa Secretaría de Estado. Agrega que si se consideran las acepciones que el Diccionario de la Real Academia Española da a los vocablos "material", "didáctico".y "docente", utilizados en la aludida asignación presupuestaria, ésta cubriría los egresos para adquirir máquinas u objetos adecuados para ser utilizados por el que enseña y, por lo tanto, estima que, al amparo de ella, podrían solventarse los medios electrónicos referidos en la consulta.

La Dirección de Presupuestos, informando sobre la materia, manifiesta, por oficio ordinario No 172, de 2002, que el concepto de "materiales didácticos de apoyo docente" que se consigna en la asignación 005, del ítem 21, no puede ser analizado con prescindencia de la naturaleza y objetivo del contexto en que está inserto, esto es, el clasificador de gastos, y de la relación que existe entre el subtítulo y la asignación respectiva. En este sentido, arguye que tanto el ítem como la asignación presupuestaria aludidos, están comprendidos dentro del subtítulo 22 "Bienes y Servicios de Consumo", que comprende los bienes de uso corriente y extinguibles en el cumplimiento de la función del servicio.

Respecto de la materia que se ha planteado, es necesario tener presente que las clasificaciones presupuestarias aprobadas por decreto N° 1.256, de 1990, del Ministerio de Hacienda, dictado con arreglo al decreto ley N° 1.263, de 1975, constituyen el marco normativo, que rige, en general, la ejecución presupuestaria por parte de los organismos del sector público, el cual define el contenido de los diversos conceptos de ingresos y gastos aplicables para ese efecto.

En este contexto, en lo que atañe a la consulta, el subtítulo 22 de "Bienes y...

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