Dictamen nº 47442 de Contraloría General de la República, de 17 de Diciembre de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239994826

Dictamen nº 47442 de Contraloría General de la República, de 17 de Diciembre de 2001

N° 47.442 Fecha: 17-XII-2001

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña M.Q., actual funcionaria del Fondo Nacional de la Discapacidad, solicitando un pronunciamiento acerca del derecho a feriado que estima le asiste. Al efecto señala que trabajó en la Subsecretaría de Previsión Social hasta el 25 de junio pasado, servicio donde acumuló para el año 2001 trece días del anterior, de los cuales uso diez, quedando a su favor veintiocho días para disfrutar durante el año en curso; agrega que con fecha 1° de agosto del presente año fue contratada en el citado Fondo por tres meses, el que será prorrogado hasta el 31 de diciembre próximo.

Requerido informe al Fondo Nacional de Discapacidad, éste lo evacuó mediante oficio N° 392, de 2001.

Sobre el particular cumple informar, en primer término, que no obstante que acorde a lo dispuesto en la Ley 19.284, que creó el Fondo Nacional de la Discapacidad, quienes laboran en dicho servicio tienen la calidad de funcionarios públicos, ya que su calidad jurídica emana de la naturaleza de la institución en que trabajan -persona jurídica de derecho público integrante de la Administración del Estado- y no de otra situación, sólo se encuentra sujeto a la fiscalización de este Organismo, exclusivamente, en lo concerniente al examen de las cuentas de entradas y gastos. ( aplica dictamen N° 21580 de 1995)

Con todo, cabe hacer presente que por regirse dicha Institución por las normas del Código del Trabajo, no resulta legalmente factible que, para el beneficio que nos ocupa, se hagan jugar normas diversas, como lo son ese cuerpo normativo y el Estatuto Administrativo de la Ley 18834. Es por ello que los preceptos que regulan el derecho a feriado anual y permisos de los servidores de que se trata se encuentran contenidos en el Libro I, Capítulo VIl, del Código del Trabajo, y, en ese sentido, debe tenerse en consideración el artículo 67 que establece que "Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán...

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