Dictamen nº 12140 de Contraloría General de la República, de 9 de Marzo de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 239946150

Dictamen nº 12140 de Contraloría General de la República, de 9 de Marzo de 2004

N° 12.140 Fecha: 9-III-2004

La Dirección de Obras Hidráulicas solicita pronunciamiento respecto de los procedimientos que corresponde aplicar por el Ministerio de Obras Públicas, a objeto de desarrollar el Programa de Agua Potable Rural año 2004, con recursos provenientes de otros organismos como el Fondo Nacional de Desarrollo Regional y Chile Barrio, toda vez que dicha Dirección se encuentra imposibilitada para ejecutarlos en forma directa.

Señala la consulta, en síntesis, que el Programa Nacional de Agua Potable Rural (Programa APR) abarca la "Asesoría a los Servicios de Agua Potable Rural" existentes y la "Gestión de Proyectos de Inversión", que se financian con recursos de Inversión Sectorial de Asignación Regional (ISAR); que paralelamente otros organismos, como la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, Gobiernos Regionales, Municipalidades y Servicios de Vivienda y Urbanización, cuentan con fondos para estos fines; que la Ley de Presupuestos para 2004 no incluye gastos asociados inherentes a proyectos y por tanto la Dirección de Obras Hidráulicas deberá externalizar esta labor con empresas sanitarias o sus concesionarias; y, por último, que habría dos alternativas para ello, transferencia de fondos mediante convenio a la empresa sanitaria que actúa como unidad técnica o bien convenio ad referéndum en que el organismo correspondiente encarga a la Dirección de Obras Hidráulicas la gestión de proyectos de inversión y ésta encomienda el proyecto a la empresa sanitaria que es unidad técnica del programa en la región.

Sobre el particular cumple manifestar que la ley 19.915, de Presupuestos del Sector Público año 2004, establece, respecto de la Dirección de Obras Hidráulicas, entre los gastos, el Subtítulo 30 "Inversión Sectorial de Asignación Regional", con un monto de $ 11.192.002.000.

Cabe precisar que el aludido subtitulo 30 comprende toda aquella inversión que corresponda a estudios preinversionales, programas y proyectos de inversión, que siendo de responsabilidad de un ministerio o de sus servicios, se deban materializar en una región específica y sus efectos económicos directos se concentren principalmente en ella.

Ahora bien, la glosa 04, atinente al Subtítulo 30, expresa, en su primer párrafo, que se trata de recursos destinados a realizar inversión en programas o proyectos de agua potable rural, incluido un monto máximo de $ 1.087.486.000 para gastos de administración y supervisión asociados directamente con los sistemas de agua potable rural a nivel nacional. Por resolución del Ministerio de Obras Públicas, visada por la Dirección de Presupuestos, este último monto se distribuirá a nivel regional conforme a criterios técnicos y al programa de actividades.

En el párrafo cuarto de la misma glosa se indica que los proyectos definidos por el Gobierno Regional deberán ser comunicados al Ministerio, señalando la distribución de recursos regionales, comunales o del sector privado comprometidos para participar en el financiamiento conjunto de proyectos que estimare procedente. Se agrega que "la inversión de los recursos de este Subtítulo podrá efectuarse directamente por el Ministerio o mediante convenios con las empresas sanitarias o sus concesionarias.".

Cabe mencionar en este punto que la partida 12 de la ley 19.915, que contempla el presupuesto general de ingresos y gastos del Ministerio de Obras Públicas para el año 2004, establece la glosa 04, atinente a...

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