Dictamen nº 6697 de Contraloría General de la República, de 25 de Febrero de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239898722

Dictamen nº 6697 de Contraloría General de la República, de 25 de Febrero de 2000

N° 6.697 Fecha: 25-II-2000

Mediante Oficio N° 508, de 1999, la Subsecretaría de Bienes Nacionales, se solicita un pronunciamiento acerca de la forma en que debe aplicarse el decreto N° 1.523, de 1998, del Ministerio de Hacienda, para dirimir los empates en los puntajes de calificaciones que se produzcan entre los funcionarios de esa repartición, toda vez que los factores y subfactores que contempla el reglamento especial de calificaciones del Ministerio de Bienes Nacionales -contenido en el decreto N° 623, del mismo año, de esa Secretaría de Estado-, difieren de los contemplados en aquel decreto.

En relación con la materia cabe señalar, en primer término, que el citado decreto N° 1.523, que establece normas para desempate en caso de igual evaluación, de reclamación y las demás necesarias para la aplicación del artículo 7° de la ley N° 19.553, dispone que para dirimir los empates en los puntajes de calificación, la unidad encargada del personal o quien haga sus veces, deberá remitir los antecedentes del personal que presente igual puntaje a la respectiva Junta Calificadora Central o Regional, o la agrupación de Juntas Calificadoras Regionales, según corresponda, la que para resolver considerará los antecedentes que indica, según la prioridad que allí se establece.

Enseguida, resulta útil tener en consideración que, dicho precepto, en su letra a), contempla, como primer criterio de desempate, el mejor puntaje de calificación en los factores y/o subfactores que evalúan aspectos de rendimiento, calidad o productividad, según corresponda, y en ese orden.

Por ende, para determinar a que factores y/o subfactores corresponde atender en la situación de que se trata, es menester precisar cuáles de los contemplados en el reglamento especial de calificaciones que rije a la ocurrente, son los que evalúan los aspectos que interesan.

En este sentido, es dable hacer presente, que del análisis de los factores y subfactores establecidos en el artículo 4° del decreto N° 623, de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales, reglamento especial de calificaciones de esa Secretaría de Estado, se infiere que, en lo que atañe a los escalafones de profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares, el factor que permite evaluar...

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