Dictamen nº 222945 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 906331024

Dictamen nº 222945 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 2022

Fecha09 Junio 2022
Tipo de documentoGenerales

Nº E222945 Fecha: 09-VI-2022

  1. Antecedentes

    El Director Ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID) solicita autorización para recibir y manejar bajo el sistema de “Administración de Fondos”, los recursos provenientes del Programa Iberoamericano para el Fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur (PIFCSS).

    Dicho programa se enmarca dentro de los acuerdos adoptados por los países asistentes a la XVIII Cumbre Iberoamericana de 2008, y constituye una iniciativa intergubernamental destinada a fortalecer la Cooperación Sur-Sur y Triangular en Iberoamérica. En su estructura está conformado, entre otros, por el Consejo Intergubernamental, el cual a su vez es integrado por la Secretaría General Iberoamericana.

    En julio de 2021, dicho consejo aprobó la postulación de Chile para ejercer la presidencia del PIFCSS durante el periodo 2022-2024, y lo autorizó a albergar la nueva sede de la Unidad Técnica del Programa en Santiago de Chile a partir del año 2022. Asimismo, acordó que los recursos del programa fuesen administrados por la AGCID.

  2. Fundamento Jurídico

    Sobre el particular, conforme a los artículos 17 y 18 de la ley N° 18.989, la AGCID es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, al cual le son aplicables las disposiciones contenidas en el decreto ley Nº 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado.

    Su artículo 19, N°s. 3 y 5, prevé que a la AGCID le compete, entre otras funciones, determinar, negociar, gestionar, administrar y ejecutar los planes, programas, proyectos, acciones y actividades de cooperación internacional para el desarrollo, provenientes del exterior y aquellas que Chile otorga a terceros países, en concordancia con la política chilena de cooperación. Para ello podrá asociarse con los diversos socios o fuentes de cooperación nacionales e internacionales, sean de carácter bilateral, multilateral, organismos regionales, internacionales y/o extranjeros, la sociedad civil, el sector privado y centros de estudio, promoviendo la obtención de recursos humanos y financieros nacionales y/o extranjeros para tales fines.

    Luego, en relación al patrimonio de la AGCID, el artículo 25 de la citada ley, dispone que éste estará constituido, entre otros, por los aportes que considere la ley de presupuestos, y “Los aportes de cooperación internacional que reciba para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 19, a...

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