Dictamen nº 18761 de Contraloría General de la República, de 24 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 682113277

Dictamen nº 18761 de Contraloría General de la República, de 24 de Mayo de 2017

N° 18.761 Fecha: 24-V-2017

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Medel Medel, extrabajador de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 89.141, de 2016, con el fin de que, a la luz de lo expresado en el oficio N° 49.621, de 2009, ambos de este origen, se le reconozca el derecho a traspasar sus cotizaciones desde la Administradora de Fondos de Pensiones a la que se encuentra adscrito, a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, para acceder a una pensión de retiro en ese último régimen.

Como cuestión previa, es útil reiterar que el interesado se desempeñó en la Fuerza Aérea, entre el 1 de septiembre de 1984 y el 31 de marzo de 1985, siendo, posteriormente, contratado por la mencionada empresa desde el 1 de abril de 1985 al 19 de agosto de 2003, cotizando, durante todo este periodo, en el sistema de capitalización individual, resolviéndose en el citado oficio N° 89.141, de 2016, en mérito de los antecedentes allí examinados, que en consideración a que el plazo para acceder a una pensión en la citada caja está vencido, su requerimiento debía ser rechazado.

Puntualizado lo anterior, cabe manifestar que el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 18.297, Orgánica de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile, establece que dicha entidad podrá contratar personal civil con sus propios recursos, el que se regirá en lo laboral y previsional, por las disposiciones aplicables a los trabajadores del sector privado, no obstante lo cual, podrá optar por la referida caja de previsión, siempre que haya tenido la calidad de imponente de esta y no hubiera jubilado bajo otro régimen previsional.

Al respecto, es menester recordar que esa última situación se mantuvo hasta la entrada en vigencia de la ley N° 18.458, hecho ocurrido el 11 de noviembre de 1985, fecha en la cual la opción consignada en el citado inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 18.297, perdió eficacia, tal como se señaló en el dictamen N° 5.804, de 2011, de este origen, entre otros.

Ahora, es dable consignar que esta Contraloría General, al conocer de una serie de presentaciones efectuadas por trabajadores de esa Empresa Nacional de Aeronáutica, que se encontraban en distintas situaciones, concluyó en su dictamen N° 49.621, de 2009, que quienes ingresaron a la Fuerza Aérea, desempeñándose en el Ala de Mantenimiento de esa institución, con cotizaciones en una Administradora de Fondos de Pensiones, y que después...

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