Dictamen nº 17029 de Contraloría General de la República, de 24 de Junio de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 797829597

Dictamen nº 17029 de Contraloría General de la República, de 24 de Junio de 2019

N° 17.029 Fecha: 24-VI-2019

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Subsecretario (s) del Ministerio de Relaciones Exteriores solicitando autorización para la percepción y uso, bajo el sistema de “Administración de Fondos” de los recursos contemplados en el proyecto de Convenio de Colaboración y Transferencia de Recursos entre el Servicio Nacional de Patrimonio Cultural y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Sustentan su petición en lo necesario que resulta operar de esta forma para el desarrollo del objetivo y actividades del proyecto de convenio que se adjunta, por medio del cual el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural se compromete a transferir al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma única de $18.000.000, con el fin de que se contraten servicios de interpretación para dos reuniones que tendrán lugar en junio y septiembre del presente año.

Sobre la materia, de acuerdo con el artículo 4° del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, y con lo concluido, entre otros, en el dictamen N° 32.912, de 2015, de este origen, todas las entradas y gastos del estado deben reflejarse en el presupuesto del sector público, salvo que una disposición legal establezca lo contrario o por instrucciones de esta Entidad de Control, cuando existan fundamentos para determinar que esos aumentos o disminuciones de haberes no afectan por su naturaleza la ejecución presupuestaria al momento de su ocurrencia.

Acorde al citado pronunciamiento, dicha circunstancia acaecerá cuando se trate, por ejemplo, de caudales que no tengan la calidad de ingresos propios del respectivo servicio.

En este caso, los recursos a que se refiere la solicitud se encuentran contenidos en la asignación 24-03-195 del Programa 01 del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, correspondiente a la ley N° 21.125, de Presupuestos del Sector Público año 2019, cuya glosa 11 permite “celebrar convenios o contratos de cooperación con corporaciones, fundaciones u otras entidades de derecho público o privado”.

Como puede apreciarse el citado texto legal ubica estos recursos dentro de aquellas transferencias directas a “Otras Entidades Públicas” (subtítulo 24 ítem03), autorizando su reseñada glosa 11 que puedan ser destinados a otras personas jurídicas de derecho público, como acontece con las que forman parte del Gobierno Central” (subtítulo 24 ítem 02).

En este contexto, el clasificador presupuestario sancionado por el...

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