Dictamen nº 19522 de Contraloría General de la República, de 2 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 430309166

Dictamen nº 19522 de Contraloría General de la República, de 2 de Abril de 2013

N° 19.522 Fecha: 02-IV-2013

Mediante oficio N° 51/2011, de 2011, el señor Secretario de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados, se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento acerca de la aplicación, al señalado Instituto, de las leyes N°s. 20.285 y 18.575, en lo que se refiere a la transparencia y acceso a la información pública y a la probidad administrativa, respectivamente, en este último caso, en cuanto a la contratación de parientes.

Solicitado su informe, el Ministerio de Agricultura sostiene que el Instituto de Investigaciones Agropecuarias es una corporación de derecho privado, que se rige por la preceptiva contenida en sus respectivos estatutos, de manera que no estaría sometido a la ley N° 20.285, como tampoco le resultarían aplicables a su Director Nacional las disposiciones sobre probidad administrativa.

Por su parte, el Consejo para la Transparencia plantea que el señalado Instituto, a pesar de su conformación, es una entidad creada para el cumplimiento de una finalidad pública, de modo que, por las razones que indica, aquel estaría sujeto a las normas relativas a la transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, en los mismos términos que el resto de los órganos o servicios públicos.

En relación con la materia, cabe señalar que el Instituto de Investigaciones Agropecuarias es una corporación de derecho privado, constituida por el Instituto de Desarrollo Agropecuario, la Corporación de Fomento de la Producción, la Universidad de Chile, la Pontificia Universidad Católica de Chile y la Universidad de Concepción, a la cual se le concedió personalidad jurídica mediante decreto supremo N° 1.093, de 1964, del Ministerio de Justicia.

Asimismo, es dable anotar que dicha corporación fue creada a iniciativa del indicado Instituto de Desarrollo Agropecuario, en virtud de la autorización prevista en el artículo 12, letra h), de la ley N° 15.020, de Reforma Agraria, y que según lo dispuesto en el artículo tercero de sus respectivos estatutos a la citada corporación le compete, entre otras labores, contribuir al aumento de la producción agrícola y pecuaria del país, como también fomentar y apoyar el desarrollo de procesos de transformación industrial o de incorporación de valor agregado a los productos agropecuarios, del modo que indica.

Enseguida, es útil tener en cuenta que la dirección superior de la aludida corporación corresponde a un consejo, en el cual la participación del Estado se encuentra asegurada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR