Dictamen nº 24911 de Contraloría General de la República, de 24 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 434081426

Dictamen nº 24911 de Contraloría General de la República, de 24 de Abril de 2013

N° 24.911 Fecha: 24-IV-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Ovalle, solicitando la reconsideración de la observación contenida en el informe final N° 17, de 2012, de la Contraloría Regional de Coquimbo, sobre Programa Transversal de Auditoría al Endeudamiento Municipal del Período 2011, efectuada en dicha corporación por esa Oficina Regional de Control, relacionada con el contrato de transacción celebrado con la empresa COMSA de Chile S.A.

Como cuestión previa, es dable indicar que con fecha 28 de enero de 2009, el municipio de la especie celebró el “Contrato de provisión de los servicios de mantenimiento y mejoramiento del alumbrado público de Ovalle” con COMSA de Chile S.A. -aprobado por el decreto alcaldicio N° 1.404, del mismo año- a través del cual esta última se comprometió, entre otras obligaciones, a asumir la deuda que la entidad edilicia mantenía en virtud del “Contrato de Arrendamiento, con Promesa de Donación para el Mejoramiento del Alumbrado Público de Ovalle”, con la empresa Compañía Americana de Multiservicios Limitada, debiendo reembolsarle la entidad edilicia la cantidad equivalente a 59.040 unidades de fomento. Dicho endeudamiento fue observado por la Contraloría Regional de Coquimbo mediante el Informe Final N° 61, de 2010, por cuanto, en lo sustancial, y en lo que interesa, no contó con la correspondiente autorización legal en conformidad con lo previsto en el artículo 43 del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado.

Luego, en atención a que la municipalidad no dio cumplimiento al plan de pago pactado con la empresa, esta interpuso una demanda judicial sobre la materia, en cuyo contexto ambas celebraron un contrato de transacción, con acuerdo del concejo municipal -aprobado por el decreto alcaldicio N° 592, de 2012-, poniendo fin al juicio, comprometiéndose la entidad edilicia a pagar a COMSA de Chile S.A., la suma total de 98.572,609 unidades de fomento, y declarando ese municipio que estaría gestionando la celebración de un contrato de leaseback para obtener los fondos necesarios para proceder a dicho pago, situación que fue observada en el mencionado Informe Final N° 17, de 2012, por cuanto la Municipalidad de Ovalle no cumplió con las condiciones legales contenidas en los artículos 43 y 44 del aludido decreto ley N° 1.263, de 1975, y en el artículo 14 de la ley N° 20.128, sobre Responsabilidad Fiscal.

En esta oportunidad, la autoridad edilicia señala...

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