Dictamen 3849-2020 de Superintendencia de Seguridad Social de 03 de diciembre de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 852930082

Dictamen 3849-2020 de Superintendencia de Seguridad Social de 03 de diciembre de 2020

Fecha03 Diciembre 2020
EmisorSuperintendencia de Seguridad Social (Chile)

1. Mediante el Oficio del antecedente, esa Subsecretaria ha solicitado un pronunciamiento sobre la facultad de suspensión de la venta y emisión de licencias médicas contemplada en la Ley N° 20.585.

2. Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con expresar, en lo que respecta a la suspensión en la venta y en el otorgamiento de licencias médicas que contempla la Ley N° 20.585, que es necesario distinguir entre las facultades de suspensión que corresponden a las COMPIN y aquellas que dicho cuerpo normativo otorga a esta Superintendencia.

En efecto, el inciso segundo del artículo 2° de dicho cuerpo normativo expresa: "Además, en casos calificados, podrá suspenderse tanto la venta de formularios de licencias médicas,como la facultad para emitirlas, hasta por 15 días", facultad que esa disposición confiere a la COMPIN competente, quien tiene atribuciones tanto de prohibir la venta como la emisión de formularios de licencias ante la no entrega de antecedentes médicos por parte del profesional emisor.

Por su parte, esta Superintendencia cuenta con atribuciones, conforme lo previsto en el artículo 5° de la Ley Nº20.585, para aplicar la sanción de suspensión en el otorgamiento de licencias médicas por determinados lapsos de tiempo como pena accesoria a la multa.

En suma, las COMPIN pueden disponer medidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR