Decreto núm. 14, publicado el 13 de Febrero de 1986. DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE REQUINOA |
Rango de Ley | Decreto |
DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Requinoa, 05 de Febrero de 1986.- Esta Alcaldía decretó hoy lo siguiente:
Núm. 14.- Considerando: La necesidad de actualizar la Ordenanza Local de cobro de derechos en vigencia.
Vistos: La Circular N° 1-45 de 09.06.80 del Ministerio del Interior y el artículo 6° transitorio y demás pertinentes del decreto ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales: teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 12° y 13° del DL N° 1.289 de 1975, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal,
Decreto:
Díctase la siguiente "Ordenanza Local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios".
OBJETIVO
Artículo N° 1.- La presente Ordenanza Local tiene por objetivo regular la forma de cobro y el monto de las multas y derechos municipales que deben pagar quienes obtengan de la Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.
LIQUIDACION Y PAGO DE LOS DERECHOS
Artículo N° 2.- Cada Departamento Municipal confeccionar la liquidación de derechos que proceda según se establece en la Ordenanza y se dará a conocer al interesado, quien deber depositar su pago en la Tesorería Municipal dentro del plazo que corresponda.
Acreditando el pago mediante el comprobante expedito por la Tesorería, el Departamento Municipal correspondiente otorgará la concesión, permiso o prestará el servicio.
En cada caso se dejará testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente con indicación del Boletín de Ingreso y su fecha.
DEVOLUCION DE DERECHOS MUNICIPALES
Artículo N° 3.- Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho, ello deberá hacerse por decreto de pago del Alcalde, previo informe del departamento correspondiente.
Copia del decreto de la devolución indicada, se transcribirá al Departamento respectivo para su anotación en los Libros o Registros correspondientes.
DERECHOS A SER GIRADOS POR LA DIRECCION DE TRANSITO Y PATENTES
Derechos Municipales sobre Transporte, Tránsito y Vehículos
-
Permiso de estacionamiento reservado
en Bienes Nacionales de Uso Público, estará
gravado con los siguientes derechos
anuales proporcionales:
- Automóviles y station wagons, por cada
uno 1 UTM
- Vehículos de transporte, de pasajeros,
de carga y otros, c/u. 2 UTM
-
Cambio de titular de permiso de
circulación por transferencia del
vehículo 3% UTM
-
Duplicado permiso de circulación 3% UTM
-
Señalización solicitada por particulares 15% UTM
-
Duplicado distintivo de...
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