Derecho a huelga en la Constitución: la importancia de las limitaciones
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TEMAS PÚBLICOS
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Nº 1607 - 2
31 de agosto de 2023
ISSN 0717-1528
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DERECHO A HUELGA EN LA CONSTITUCIÓN:
LA IMPORTANCIA DE LAS LIMITACIONES
En el marco del proceso constitucional, la Comisión Experta consagró la libertad
sindical que comprende el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y
a la huelga, alejándose significativamente de lo que consagra la Constitución
vigente.
Especialmente preocupante resulta la consagración del derecho a la huelga para los
funcionarios públicos y aquellas áreas del sector privado que son esenciales para el
normal funcionamiento del país. Que exista un derecho a huelga sin limitaciones a
nivel constitucional (más allá de las restricciones a las Fuerzas de Orden y Seguridad
y las Fuerzas Armadas) puede llevar a la paralización de actividades y servicios con
los efectos adversos que ello ocasiona a la ciudadanía, por ejemplo, por motivos
políticos o bien solidarizando con causas de otros trabajadores, que poco o nada
tienen que ver con la relación propia entre trabajador y empleador.
Cabe hacer presente que, a pesar de la prohibición de huelga que hoy está
contemplada en nuestra Constitución para los funcionarios del Estado y de
municipalidades, estos paralizan en cualquier momento, por motivos de distinta
índole. Es decir, ejercen el derecho a huelga en forma libre y en cualquier momento
o circunstancia.
• En el marco del proceso constitucional, la forma en que se consagre el derecho a huelga es
uno de los temas que ha generado controversias. Mientras el oficialismo respalda la propuesta
del Anteproyecto de la Comisión Experta (huelga libre, que se extiende a todos los
trabajadores sin distinción y sin limitaciones a nivel constitucional), los consejeros de
oposición buscan corregir esta regulación.
• Distintos países consagran en su Constitución o a nivel legal el derecho a huelga, pero
generalmente con determinadas limitaciones al ejercicio de la misma.
• Las enmiendas que pretenden introducir limitaciones o prohibiciones a la huelga apuntan en
la dirección correcta y están en línea con la evidencia comparada que promueve el principio
de continuidad de los servicios públicos.
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