Reclamo de ilegalidad municipal. Decreto alcaldicio que ordena demolición de cierre exterior de predio. Citación de evicción a vendedor de recurrente. Obligación de saneamiento. Proceso administrativo (momento procesal idóneo para que tradente ampare derecho del adquirente). - Contratos - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 252338202

Reclamo de ilegalidad municipal. Decreto alcaldicio que ordena demolición de cierre exterior de predio. Citación de evicción a vendedor de recurrente. Obligación de saneamiento. Proceso administrativo (momento procesal idóneo para que tradente ampare derecho del adquirente).

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas203-204

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Corte de Apelaciones de Santiago 31 de diciembre de 1982

Vistos:

  1. Que en el caso de autos don Eric Schaub Galbiati ha interpuesto un reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, con ocasión de la dictación del decreto alcaldicio N° 634, de 26 de mayo de 1982, por

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    el que se ordena la demolición del cierre exterior emplazado en disconformidad con el plano de loteo L-419-A de su propiedad de calle Walter Scott Nº1351;

  2. Que el reclamante ha solicitado, en las mismas gestiones judiciales antes señaladas, que se ordene de parte del Tribunal que está conociendo de la reclamación, se cite de evicción a la Sociedad "Financiera Latinoamericana de Desarrollo S.A.", a quien el reclamante adquirió la propiedad, a fin de que comparezca a sanear la evicción de que pudiera ser objeto con motivo del decreto alcaldicio que se ha mencionado;

  3. Que la citación de evicción constituye el acto procesal en cuya virtud el adquirente de un bien pone judicialmente en conocimiento del tradente que ha sido demandado respecto de la cosa tradida por causa anterior al título y con el objeto de que comparezca a defenderlo;

  4. Que, en la especie, el señor Eric Schaub Galbiati adquirió la propiedad de calle Walter Scott Nº1351, a la que se refiere el decreto alcaldicio impugnado, por compra efectuada a "Financiera Latinoamericana de Desarrollo S.A.". Que, por su parte, el artículo 1837 del Código - Civil establece que la obligación de saneamiento consiste, primeramente, en amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y un medio de procurar dicho amparo es precisamente citar al vendedor para que defienda las gestiones que un tercero ha iniciado en contra de aquél, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 1843 del Código Civil;

  5. Que resulta , obvio que al dictarse , un decreto por parte de la Ilustre Municipalidad de Las Condes que ordena la demolición dentro del plazo de 30 días de un cierre exterior de la propiedad del reclamante, está afectando el dominio y posesión de parte de su propiedad, por cuanto su superficie está expuesta a ser reducida, y en tal caso...

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