Democracia laboral para la crisis post pandémica - Capítulo 4 - Derechos fundamentales y pospandemia - Libros y Revistas - VLEX 1023474073

Democracia laboral para la crisis post pandémica

AutorCésar Arese
Cargo del AutorUniversidad Nacional de Córdoba ? Argentina
Páginas433-438
433
DE DESEOSY REALIDADES (ACERCADE LA INTEGRALIDAD DEL SALARIO)
DEMOCRACIA LABORAL PARA LA CRISIS POST
PANDÉMICA*
CÉSAR ARESE
(Universidad Nacional de Córdoba – Argentina)
1. LA MATRIZ CONSTITUTIVA DE DERECHO DEL TRABAJO
La matriz creativa del Derecho del Trabajo se encuentra en el Derecho Col ec-
tivo del Trabajo. Frente a un estado de opresión demostrado en el desconocimiento
de derechos esenciales a la persona, los trabajadores reaccionaron mediante la orga-
nización y la fuerza para, mediante la negociación y el diálogo, alcanzar reglas de
protección autónomas o heterónomas. En ambas hay mucha sustancia de organiz a-
ción sindical, de convulsión social y de consagración de reglas para el prog reso
social y la paz. El Derecho Colectivo del Trabajo es el motor creador, asegurador y
renovador del Derecho del Trabajo.
Tanto en los plexos normativos de Derechos Humanos de Naciones Unida s y
del Sistema Interamerica no d e Der echo H umanos y d e cons trucción de derecho
especial de trabajo montado por la Organización Internacional del Trabaj o como en
una amplia cantidad de constituciones polí ticas de lo s Estados, aparece un sistema
de protección de los derechos de los trabajadores de naturaleza general, el estable-
cimiento de derechos fundamentales y básicos y la indicación hacia el legislador a
los fines de desplegar normas reglamentarias de protección. Pero a la vez, un reco-
nocimiento de la autonomía colectiva como g eneradora de normas de modo para-
lelo, aunque, en general, de modo suplementario, mejorativo, progresivo, ad aptativo,
aclaratorio, ampliatorio o interpretativo de las normas estatales. De tal modo, se
gesta, a partir de los derechos fundamentales supranacionales como constituciona-
les, un doble sistema de fuentes generadoras de derecho del trabajo que actúan de
modo simultáneo1.
El mecanismo de producción de normas autónomas a tra vés de los sujetos
sociales, agrupacion es empresarias y de trabajadores, es profundamente d emocráti-
co porque les permite construir derecho y, si existen contradicciones y conflictos,
resolverlos mediante el diálogo y los acuerdos colectivo.
También en circunstancia s de crisis extremas como la pandemia, el Derecho
del Trabajo encuentra en el diálogo s ocial y la negociación colectiva, un sistema
democrático para afrontarla. En medio de esa crisis, la Organización Internacional
*Una primera versión de este trabajo integra el libro AA VV , Direito do Trabalho e Democracia , Ed.
CRV, Curitiv a, 2020.
1Un ejemplo muy claro es el art. 14 bis de la Constitución Nacional en sus dos primeros párrafos.

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