Decreto 171 - DELEGA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACION LA FACULTAD DE SUSCRIBIR Y APROBAR CONVENIOS Y CONTRATOS SOBRE EJECUCION DE PLANES DE AMPLIACION DE RECURSOS INFORMATICOS, EN EL MARCO DE EJECUCION DEL PROGRAMA INFORMATICA EDUCATIVA EN ESCUELAS Y LICEOS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242391502

Decreto 171 - DELEGA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACION LA FACULTAD DE SUSCRIBIR Y APROBAR CONVENIOS Y CONTRATOS SOBRE EJECUCION DE PLANES DE AMPLIACION DE RECURSOS INFORMATICOS, EN EL MARCO DE EJECUCION DEL PROGRAMA INFORMATICA EDUCATIVA EN ESCUELAS Y LICEOS

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DELEGA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACION LA FACULTAD DE SUSCRIBIR Y APROBAR CONVENIOS Y CONTRATOS SOBRE EJECUCION DE PLANES DE AMPLIACION DE RECURSOS INFORMATICOS, EN EL MARCO DE EJECUCION DEL PROGRAMA INFORMATICA EDUCATIVA EN ESCUELAS Y LICEOS

Núm. 171.- Santiago, 10 de junio de 2003.

Considerando:

Que el Ministerio de Educación se encuentra ejecutando el Programa "Informática Educativa en Escuelas y Liceos", en adelante el Programa, con cargo a la ley Nº 19.842, partida 09.01.09.33.87.026 de Presupuestos del Sector Público, año 2003. Este Programa se reglamentó por los decretos supremos de Educación Nºs 209 de 1995 y 216 de 1996 y sus respectivas modificaciones.

Que, los recursos contemplados en la Ley de Presupuestos están destinados a la adquisición de la configuración computacional (equipamiento, programas e insumos computacionales), mobiliario, asistencia técnica y capacitación, tanto para los establecimientos educacionales regidos por el D.F.L. (Ed.) Nº 2, de 1998 y por el decreto ley Nº 3.166 de 1980 como para las instituciones que realizan la asistencia técnica. Incluye financiamiento para la renovación y/o ampliación de recursos informáticos, en los montos y/o bienes que se establezcan en los convenios respectivos.

Que, el Programa tiene como objetivo generar en los establecimientos educacionales subvencionados la capacidad para gestionar proyectos de desarrollo educativo, mediante el aporte de equipamiento computacional, capacitación, asistencia técnica y materiales focalizados en función de las necesidades de los distintos tipos de establecimientos educacionales.

Que, es política del Supremo Gobierno contar con una eficiente administración y gestión y que para alcanzar tal propósito se hace necesario delegar en los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación la facultad de suscribir convenios y contratos y dictar los actos administrativos aprobatorios respectivos en el marco de la ejecución del Programa, y

Visto: Lo dispuesto en los artículos 328 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, artículos , 26º, 35º y 41º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 13 de diciembre de 2000, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, artículos Nºs , y 14 de la ley Nº 18.956, Ley Nº...

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