Define procedimiento para regularizar la inscripción de pequeños pozos captadores de agua en zona rural
Fecha | 09 Junio 2004 |
Fecha de registro | 09 Junio 2004 |
Número de Iniciativa | 3552-07 |
Etapa | Archivado |
Materia | DERECHO DE AGUAS |
Autor de la iniciativa | Alvarez-Salamanca Büchi, Pedro Pablo, Martínez Labbé, Rosauro, Monckeberg Díaz, Nicolás |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
DEFINE PROCEDIMIENTO PARA REGULARIZAR LA INSCRIPCIÓN DE PEQUEÑOS POZOS CAPTADORES DE AGUA EN ZONA RURAL.
I.&8209;FUNDAMENTOS
El artículo 589 del Código Civil declara que las aguas son bienes nacionales de uso público o bienes públicos, es decir, aquellos cuyo uso pertenece a todos los habitantes de la nación.
A su vez, el Libro I del Código de Aguas reconoce y regula el derecho de aprovechamiento que recae sobre las aguas en general y el derecho de exploración y explotación que recae sobre las aguas subterráneas.
El derecho de aprovechamiento de las aguas, es un derecho real de dominio de su titular que recae sobre las aguas y consiste en e! uso y goce de ellas, con los requisitos y en la forma que prescribe el Código de Aguas.
Tratándose de aguas subterráneas, al comprobarse la existencia de éstas, el interesado podrá solicitar el otorgamiento del derecho de aprovechamiento respectivo de acuerdo con el procedimiento establecido en el Título I del Libro II del Código de Aguas y la Resolución 186 de 1996 de la Dirección General de Aguas el Ministerio de Obras Publicas.
De acuerdo a este procedimiento, junto con la presentación y publicación de la solicitud del derecho de aprovechamiento, se deben acompañar todos los antecedentes legales que sustenten dicha solicitud, además de una serie de antecedentes y pruebas técnicas, tales como, pruebas de bombeos, de gastos variables, de perfil estratigráfico, entre otras. Todas estas pruebas son de un alto costo y de acuerdo al artículo 135 del Código de Aguas deben ser financiados en su totalidad por los interesados.
Esta situación está generando, en la práctica, un serio problema especialmente en los sectores rurales de nuestro país, ya que los familias más modestas o los pequeños agricultores se encuentran imposibilitados de inscribir su pozo y por ende no tienen protección legal alguna sobre su legítimo derecho de aprovechamiento de aguas. Esta situación, los expone a que otro ciudadano, que se encuentre en condiciones de financiar el trámite de inscripción, le impida la inscripción legal de su pozo ya que la resolución final que otorga este derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas establece un área de protección en la cual se prohíbe instalar obras similares.
Esta situación genera una brecha importante de desigualdad en la protección legal de un bien nacional de uso público, lo que atenta contra el derecho de propiedad establecido en nuestra Constitución Política de Chile. En la actualidad hay una gran cantidad de pequeños propietarios que aún no han podido inscribir sus respectivos pozos, siendo, la mayoría de los casos, personas que requieren el agua para usos domésticos tales como consumo familiar o regadío menor.
Este proyecto busca, precisamente, facilitar el trámite de inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas, creando un procedimiento de regularización excepcional, que permita al pequeño propietario, que cumpla ciertas condiciones, regularizar e inscribir su derecho de aprovechamiento de aguas sin incurrir en los altos gastos relacionados con los estudios técnicos que la legislación vigente obliga a presentar.
“Artículo 1 °.&8209; La inscripción de pozos de captación de aguas subterráneas a que se refiere el artículo 56 del ...
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