Una defensa de la tipificación del delito de maltrato animal imprudente - Núm. 3-2022, Diciembre 2022 - Revista Chilena de Derecho animal - Libros y Revistas - VLEX 918056857

Una defensa de la tipificación del delito de maltrato animal imprudente

AutorAntonia Martínez Vargas
CargoLicenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales con distinción máxima (2022), Universidad de Chile. Asociada en Bascuñán Barra Awad Contreras Schürmann
Páginas37-55
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Revista Chilena de Derecho Animal, vol. 3, pp. 37 - 55 [2022]
MARTÍNEZ VARGAS, Antonia  Una Defensa de la tipificación del delito de maltrato animal imprudente
UNA DEFENSA DE LA TIPIFICACIÓN DEL
DELITO DE MALTRATO ANIMAL
IMPRUDENTE
A DEFENSE OF THE PUNISHABILITY OF THE
NEGLIGENT CRIME OF ANIMAL ABUSE
ANTONIA MARTÍNEZ VARGAS
1
“Tenía que aprender a ser más precavido, se dijo,
a ser menos confiado, a creer lo peor de la gente
hasta que demostrara sus buenas intenciones”
(Míster Bones, perro protagonista de la novela Tombuctú de Paul Auster)
RESUMEN: Te niendo a la vista la sentencia de fecha 11 de abril de 2022 dictada por el
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, en Rit N° 83-2020, el artículo propone la
tipificación del delito de maltrato animal a título de imprudencia, el cual, al día de hoy, no es
sancionado en el ordenamiento jurídico penal chileno. Tras una breve explicación del sistema
de numerus cl ausus que caracteriza la punibilidad de la imprudencia en nuestro país, el
trabajo analiza ciertos tipos pe nales culposos vigentes que i ndirectamente protegen a los
animales no humanos, además de la regulación sobre esta materia en Francia y Suiza, con el
objeto de construir una defensa sistemática de la tipificación en términos generales del
maltrato animal cometido con imprudencia en Chile.
PALABRAS CLAVES: Maltrato animal, imprudencia, Ley Cholito, derecho comparado,
protección penal animal.
ABSTRACT: Based on the judgment of April 1 1, 2022 of the Criminal Oral Trial Court of
Valdivia in Case N° 83-2020, the article proposes the criminalization of the negligent crime
of animal abuse, which, to date, is not punishable in the Chilean criminal legal system. After
a brief explanation of the numerus clausus system that characterizes the punishability of
negligence in our country, the paper analyzes certain criminal offenses in force that
indirectly protect non-human animals, in addition to the regulations on this matter in France
and Switzerland, in order to build a systematic defense of the typification in general terms
of animal mistreatment committed with negligence in Chile.
KEYWORDS: Animal abuse, negligent, animal criminal protection, Cholito Law, Comparative
law, Criminal law.
1
Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales con distinción máxima (2022), Universidad de Chile. Asociada en Bascuñán
Barra Awad Contreras Schürmann, antonia.martinez@derecho.uchile.cl.
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Revista Chilena de Derecho Animal, vol. 3, pp. 37 - 55 [2022]
MARTÍNEZ VARGAS, Antonia  Una Defensa de la tipificación del delito de maltrato animal imprudente
I. INTRODUCCIÓN
El pasado 11 de abril de 2022 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia (“en adelante, el
“TOP”) resolvió condenar a una persona a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su
grado mínimo, multa de diez unidades tributarias mensuales y la suspensión de cargo y oficio
público por el tiempo de la condena, dada su participación en calidad de autor en el delito
consumado de maltrato animal con resultado de daño, previsto y sancionado en el artículo 291 bis
del Código Penal.
El TOP, en razón del mérito de las pruebas rendidas, dio por acreditado que el día 18 de enero de
2020, pasadas las 14:00 horas, el acusado:
“Concurrió hasta el domicilio ubicado en el sector Arcoíris, kilómetro 13, comuna
de Paillaco, donde vive su hermana N.M.M.A. y que es contiguo al sitio donde vive
aquél. El acusado Manríquez Arcos llegó al lugar reclamando porque el perro de
propiedad de su hermana, de nombre Kafu, de cuatro meses de edad,
supuestamente había mordido un pollo de los padres del acusado. Luego de ello, el
acusado Manríquez Arcos tomó un palo que había en el sitio y con dicho palo golpeó
fuertemente al cachorro, retirándose luego del lugar. Producto de la agresión, el
perro resultó con fractura de tibia y peroné del miembro posterior derecho”
2
.
En contraposición a lo que finalmente resolvió el tribunal, la argumentación de la defensa se había
centrado en una interpretación de la conducta desplegada por el imputado como una de carácter
imprudente, en estricto rigor, una conducta “culposa más que dolosa”. Su tesis consistió en que el
imputado, con el fin de espantar o ahuyentar al perro de su hermana, le habría arrojado el palo
en cuestión con dirección a una de sus extremidades ocasionándole las lesiones, situación que
demostraría ausencia del “ánimo” de lesionarlo. En virtud de ello, se solicitó el sobreseimiento
total y definitivo por tratarse de una conducta atípica, lo que fue descartado por el tribunal en la
sentencia definitiva.
A partir del caso en comento se observa con claridad una problemática sobre la cual nuestro
legislador no se ha pronunciado que merece ser analizada con detención, esto es, la posibilidad de
sancionar el delito de maltrato animal cometido con imprudencia, toda vez que, de haberse
acogido la tesis de la defensa, el acusado habría sido sobreseído definitivamente en virtud de la
hipótesis contemplada en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal al estar frente a un
hecho no constitutivo de delito, circunstancia que da cuenta de un espacio grave de desprotección
del bienestar animal en nuestro ordenamiento jurídico penal.
Desde la premisa expuesta, este trabajo pretende evaluar la viabilidad de penalizar conductas
constitutivas de maltrato animal que se hayan cometido culposamente, mediante la revisión de la
regulación de la imprudencia en el Código Penal, la identificación de ciertos tipos penales culposos
vigentes que indirectamente protegen a los animales no humanos, la lectura de ciertas propuestas
legislativas que no tuvieron éxito, y el estudio de leyes sobre la materia en el derecho comparado.
De este modo, a lo largo del texto se intentará responder a la pregunta por la razonabilidad de
2
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, Rit N° 83-2020.

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