Defensa de un fisgón - 18 de Junio de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 934856190

Defensa de un fisgón

El fisgoneo del diputado Miguel Mellado -grabó subrepticiamente una conversación sostenida con el Presidente- permite examinar un asunto que es del máximo interés ciudadano: ¿qué aspecto de la vida del poder debe estar al alcance de la vista y los oídos de todos y qué, en cambio, permanecer secreto?En principio, no debe caber duda de que cuando se trata del Estado y de las decisiones que afectan a todos, la regla general debe ser la publicidad. Todo lo que no es susceptible de publicidad es injusto, sugiere Kant en uno de sus textos, y lo que quiere decir es que aquello que se mantiene en secreto es porque lesiona o hiere de manera injustificable a alguien o porque toma ventaja frente a otro en forma desleal. De otro modo, ¿qué razón habría para ocultarlo?Así entonces, prima facie , a primera vista, el poder del Estado democrático no debiera reclamar para sí secretos. Por algo, habría que recordar, suele decirse que donde él existe hay una sociedad abierta.Excepcionalmente, y por razones de seguridad nacional, para proteger bienes que nos importan a todos, parece inevitable imponer secretos. Ello ocurre cuando la información que se divulga pudiera arriesgar bienes de importancia, como, por ejemplo, la supervivencia del Estado o el funcionamiento del Gobierno. En este caso, la vieja regla ética del mal menor obliga a callar al indiscreto o a disimular u ocultar al que tiene el poder o ejerce un cargo.Suele hablarse también de la necesidad de mantener en secreto o en sigilo, o lejos de las audiencias, la deliberación que antecede a las decisiones públicas (se le llama, siguiendo la tradición angloamericana, privilegio deliberativo); pero esto no es un deber legal de discreción o de confidencialidad, sino una excusa para no dar información a quien la solicita.En esos casos es justificado decir !no se lo digas a nadie¡Fuera de esos casos -es decir, en casi todos- no existe el derecho al secreto o un deber de discreción.¿Significa lo anterior que el fisgoneo del diputado no merece reproche legal? Parece que no.Veamos.El Código Penal castiga la obtención mediante medios subrepticios de conversaciones de carácter privado y también su posterior difusión. Basta describir la conducta para advertir que la cuestión fundamental en este caso consiste en discutir si el carácter privado de una conversación deriva del lugar donde se realiza o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR