Decreto 3 - RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS, AÑO 2012 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365709010

Decreto 3 - RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS, AÑO 2012

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor19 de Abril de 2012

RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS, AÑO 2012

Núm. 3.- Santiago, 9 de enero de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en el párrafo 5° del DFL Nº 161, de 1978; en el DFL Nº 82, de 1979, en el DS Nº 495 de 1998, en la Orden de Servicio Nº 31, de 2011, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley Nº 20.557 de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2012; en las resoluciones Nos 759 de 2003 y 1.600 de 2008, ambas de la Contraloría General de la República.

Decreto:

  1. Autorízase al Instituto Antártico Chileno para que transfiera los fondos del Consejo de Política Antártica a los operadores antárticos para el año 2012, mediante los respectivos convenios de transferencias.

  2. Los objetivos del Programa Antártico Nacional son resguardar y promover los derechos e intereses de Chile como país reclamante de soberanía antártica, financiando las operaciones y actividades de los operadores antárticos contempladas en el Programa Antártico Nacional y fortalecer la participación activa de los representantes chilenos y especialistas en los foros internacionales del Sistema del Tratado Antártico.

  3. Asígnanse los recursos referidos anteriormente, de acuerdo al siguiente criterio porcentual histórico:

  4. Los recursos asignados son para financiar parte de las actividades de cada componente del Programa Antártico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:

  5. Los organismos responsables de las diversas etapas de esta asignación de fondos, son los siguientes:

    - Institución Responsable: Ministerio de Relaciones Exteriores.

    - Unidad Encargada del Programa: Comités Permanentes de Asuntos Generales y Financieros del Consejo de Política Antártica.

    - Unidad encargada del manejo de los recursos: Instituto Antártico Chileno, INACH.

    - Unidad Responsable de la Gestión Presupuestaria: Dirección de Antártica de la Cancillería.

    - Organismos involucrados en la operación del programa: Ejército, Armada, Fuerza Aérea e Instituto Antártico Chileno (INACH).

  6. Los procedimientos de control serán los siguientes:

    1. Entrega de los recursos por parte del Instituto Antártico Chileno, INACH:

  7. La entrega de los fondos presupuestarios a los

    operadores antárticos, en adelante "las

    instituciones receptoras", deberá hacerse de

    acuerdo a un calendario acordado previamente entre

    el INACH y los operadores antárticos, conforme a la

    disponibilidad establecida por el Ministerio de

    Hacienda. Las instituciones receptoras que

    mantengan reintegros y/o...

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