Decreto 1 - RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS, AÑO 2013
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 7 de Mayo de 2013 |
RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS, AÑO 2013
Núm. 1.- Santiago, 2 de enero de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en el párrafo 5º del DFL Nº 161 de 1978; en el DFL Nº 82 de 1979; en el DS Nº 495 de 1998; en la orden de servicio Nº 31 de 2011, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley Nº 20.641 de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2013; en las resoluciones Nos 759 de 2003 y 1.600 de 2008, ambas de la Contraloría General de la República.
Decreto:
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Autorízase al Instituto Antártico Chileno para que transfiera los fondos del Consejo de Política Antártica a los operadores antárticos para el año 2013, mediante los respectivos convenios de transferencias.
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Los objetivos del Programa Antártico Nacional son resguardar y promover los derechos e intereses de Chile como país reclamante de soberanía antártica, financiando las operaciones y actividades de los operadores antárticos contempladas en el Programa Antártico Nacional y fortalecer la participación activa de los representantes chilenos y especialistas en los foros internacionales del Sistema del Tratado Antártico.
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Asígnanse los recursos referidos anteriormente, de acuerdo al siguiente criterio porcentual histórico:
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Los recursos asignados son para financiar parte de las actividades de cada componente del Programa Antártico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:
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Los organismos responsables de las diversas etapas de esta asignación de fondos, son los siguientes:
- Institución Responsable: Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Unidad encargada del Programa: Comités Permanentes de Asuntos Generales y Financieros del Consejo de Política Antártica.
- Unidad encargada del manejo de los recursos: Instituto Antártico Chileno, INACH.
- Unidad responsable de la Gestión Presupuestaria: Dirección de Antártica de la Cancillería.
- Organismos involucrados en la operación del Programa: Ejército, Armada, Fuerza Aérea e Instituto Antártico Chileno (INACH).
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Los procedimientos de control serán los siguientes:
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Entrega de los recursos por parte del Instituto Antártico Chileno, INACH:
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La entrega de los fondos presupuestarios a los
operadores antárticos, en adelante "las
instituciones receptoras", deberá hacerse de
acuerdo a un calendario acordado previamente
entre el INACH y los operadores antárticos,
conforme a la disponibilidad establecida por el
Ministerio de Hacienda. Las instituciones
receptoras que mantengan reintegros y/o
rendiciones de...
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