Decreto 1213 - CREA UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA COMUNA DE RANCAGUA Y DISPONE SU FUNCIONAMIENTO - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241671958

Decreto 1213 - CREA UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA COMUNA DE RANCAGUA Y DISPONE SU FUNCIONAMIENTO

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

CREA UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA COMUNA DE RANCAGUA Y DISPONE SU FUNCIONAMIENTO

Santiago, 7 de noviembre de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.213.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 del D.F.L. Nº 100, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; lo señalado en el artículo 2 letras c) y l) del D.L. Nº 3.346, de 1980, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; lo establecido en los artículos 11, 12 y 16 del D.S. Nº 518, de 1998, que aprueba el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; lo dispuesto en los artículos 3 letras a) c) y d) y 6 Nº 10 y 11 del D.L.

2.859, de 1979, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; lo dispuesto en el D.S. Nº 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado, del D.F.L. Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y el D.S. Nº 956, de 1997, Reglamento del D.F.L. Nº 164, ambos del Ministerio de Obras Públicas, lo dispuesto en el D.S. Nº 618, de 28 de marzo de 2002, del Ministerio de Obras Públicas que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 1"; la resolución Nº 520, de 1996 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y el Informe Técnico remitido por el Director Nacional de Gendarmería de Chile al Subsecretario de Justicia, mediante oficio ordinario Nº 986, de 30 de agosto de 2005, y

Considerando:

  1. - Que en el marco del proceso de modernización y mejoramiento del Sistema Penitenciario que resguarda los derechos de los reclusos y la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal, se hace necesario ejecutar medidas tendientes a superar el déficit de infraestructura penitenciaria y a reformular los estándares de los recintos penitenciarios del país.

  2. - Que dichos estándares requieren adecuados niveles de segmentación, en dependencias que permitan desarrollar programas de reinserción social acordes a las necesidades de la sociedad y, en especial, de la población penal a la que se dirigen esos programas, y 3.- Que como forma de complementar los recursos del Estado en materia penitenciaria, se ha recurrido al mecanismo de contratación de concesiones de obras públicas a fin de aumentar y mejorar la infraestructura penitenciaria a través de la construcción simultánea de varias unidades penales, entre las que se cuenta la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR