Decreto 223 - APRUEBA REGLAMENTO SOBRE OTORGAMIENTO DEL 'PREMIO PEDRO SIENNA' AL ARTE Y A LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL NACIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241640522

Decreto 223 - APRUEBA REGLAMENTO SOBRE OTORGAMIENTO DEL 'PREMIO PEDRO SIENNA' AL ARTE Y A LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL NACIONAL

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO SOBRE OTORGAMIENTO DEL "PREMIO PEDRO SIENNA" AL ARTE Y A LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL NACIONAL

Núm. 223.- Santiago, 11 de noviembre de 2005.- Considerando:

Que, la Ley Nº 19.981 sobre Fomento Audiovisual tiene como objetivo el desarrollo, fomento, difusión, protección y preservación de las obras audiovisuales nacionales y de la industria audiovisual, así como, también, la investigación y el desarrollo de nuevos lenguajes audiovisuales;

Que, para cumplir dichos objetivos la mencionada ley creó, en el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual y el Fondo de Fomento Audiovisual;

Que, en el numeral 3 del artículo 7º de la misma ley se establece que se otorgarán, con cargo al Fondo de Fomento Audiovisual, premios anuales a las obras audiovisuales, a los autores, a los artistas, a los técnicos, a los productores y a las actividades de difusión y de preservación patrimonial de la producción audiovisual nacional; y,

Visto: Lo dispuesto en las Leyes Nºs. 18.956, 19.891 y 19.981; en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; y en la Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Apruébase el siguiente Reglamento del "PREMIO PEDRO SIENNA" al Arte y a la Industria Audiovisual Nacional, otorgado por el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.

Artículo 1º

Créase el "Premio Pedro Sienna" al Arte y la Industria Audiovisual Nacional, en las menciones de "Destacada Trayectoria" y de "Reconocimiento Especial", que será entregado anualmente por el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual en ceremonia solemne.

DEL "PREMIO PEDRO SIENNA" A LA DESTACADA TRAYECTORIA

Artículo 2º

Objeto. El "Premio Pedro Sienna" a la Destacada Trayectoria estará destinado a reconocer a un autor, artista, técnico o productor que destaque por la originalidad, creatividad, calidad artística o proyección de su obra audiovisual, y/o en el desarrollo de actividades relevantes de difusión y/o preservación patrimonial de la producción audiovisual nacional.

Artículo 3º

Galardón. El "Premio Pedro Sienna" a la Destacada Trayectoria consistirá en la entrega de una estatuilla "Pedro Sienna" y de una suma de dinero equivalente a 250 UTM.

Artículo 4º

Nominación. El Consejo del Arte y la Industria Audiovisual determinará una lista de 5 candidatos a este premio. Esta lista no podrá incluir nombres de ganadores del "Premio Pedro Sienna" a la Destacada Trayectoria en versiones anteriores.

Artículo 5º

Selección. Cada integrante del Comité General, mencionado en el artículo 14 del presente decreto, votará individualmente por un candidato. El ganador al premio Destacada Trayectoria será el candidato que obtenga la mayoría de los votos emitidos.

El Comité General podrá, por unanimidad de sus miembros, declarar desierto el premio.

DEL "PREMIO PEDRO SIENNA" DE RECONOCIMIENTO ESPECIAL

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.

Artículo 6º

Objeto. El "Premio Pedro Sienna" de Reconocimiento Especial estará destinado a reconocer obras audiovisuales que hayan sido estrenadas comercialmente o comunicadas públicamente en salas de cine del país durante el período señalado en cada convocatoria, o a quienes hayan participado creativa o técnicamente en alguna de las etapas de realización de las mismas, o en trabajos incorporados en ellas y cuyo aporte destaque por la originalidad, creatividad, calidad artística y/o técnica y proyección, en una o más de las...

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