Decreto número 7, de 2023.- Declara Monumento Nacional, en la Categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Casa Santa Fe 725, comuna de San Miguel, Región Metropolitana - 5 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 927789946

Decreto número 7, de 2023.- Declara Monumento Nacional, en la Categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Casa Santa Fe 725, comuna de San Miguel, Región Metropolitana

Fecha de publicación05 Abril 2023
Número de registroCVE-2295065
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta43.520
CVE 2295065 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.520 | Miércoles 5 de Abril de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2295065
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría del Patrimonio Cultural
DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO
HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA CASA SANTA FE 725, COMUNA DE SAN
MIGUEL, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 7.- Santiago, 2 de marzo de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo
texto fue refundido, coordinado sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de Ley
Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el artículo 25 de la ley Nº 21.045, que Crea
el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la ley Nº 17.288 que legisla sobre
Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº
651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de 2018, que modifica el decreto
supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la
República; en el acta de sesión ordinaria de fecha 7 de diciembre de 2022 del Consejo de
Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria.
Considerando:
1. Que, mediante carta de fecha 30.01.2017, las Sras. María Emilia Marchi, Presidenta, y
María Graciela Muñoz, Secretaria, ambas de la Agrupación Casa de Miguel Red Solidaria
solicitaron la protección del Sitio de Memoria, a través de su declaratoria como Monumento
Nacional, en la categoría de Monumento Histórico. La solicitud de declaratoria cuenta con cerca
de 300 cartas de apoyo de agrupaciones y particulares y cuenta con el pronunciamiento favorable
de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Ilustre Municipalidad de San Miguel y con el
respaldo del Museo de la Memoria y Derechos Humanos.
2. Que, el inmueble se ubica en calle Santa Fe Nº 725, comuna de San Miguel, en lo que
originalmente correspondía a la población Cruz Coke Nº 1. Es de propiedad de un particular y se
encuentra inscrito con el Rol SII Nº 05940 - 00008, mientras que su uso original y actual es
habitacional.
3. Que, los motivos que sustentan la declaratoria se relacionan con los hechos ocurridos el 5
de octubre de 1974, cuando la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) atacó la que fuera la
casa de seguridad de Miguel Enríquez, Secretario General del Movimiento de Izquierda
Revolucionaria (MIR), que tuvo como resultado su muerte y que dejó herida de gravedad a
Carmen Castillo, en ese entonces embarazada de 6 meses. Estos hechos están ligados al
funcionamiento de la DINA, al despliegue del terrorismo de Estado y a la represión política.
4. Que, la DINA fue un servicio secreto que operó desde 1973 como un organismo represor,
con una estructura jerarquizada y organizada, al margen de la ley. En un primer momento ejecutó
una represión selectiva que derivó en una práctica sistemática de secuestro, tortura y
desaparición forzada. Particularmente, la Brigada Caupolicán se encargó exclusivamente de la
persecución del MIR a través de diversos grupos operativos, y parte de sus miembros
participaron en el asesinato de Miguel Enríquez, siendo enjuiciados en el año 2016.

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