Decreto núm. 97 EXENTO, publicado el 01 de Abril de 2023. ACTUALIZA MONTOS EN DÓLARES SEÑALADOS EN LAS PARTIDAS ARANCELARIAS INDICADAS EN LA NOTA LEGAL NACIONAL Nº 6, EN LA SECCIÓN 0, DEL ARANCEL ADUANERO - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 927673260

Decreto núm. 97 EXENTO, publicado el 01 de Abril de 2023. ACTUALIZA MONTOS EN DÓLARES SEÑALADOS EN LAS PARTIDAS ARANCELARIAS INDICADAS EN LA NOTA LEGAL NACIONAL Nº 6, EN LA SECCIÓN 0, DEL ARANCEL ADUANERO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

ACTUALIZA MONTOS EN DÓLARES SEÑALADOS EN LAS PARTIDAS ARANCELARIAS INDICADAS EN LA NOTA LEGAL NACIONAL Nº 6, EN LA SECCIÓN 0, DEL ARANCEL ADUANERO

Núm. 97 exento.- Santiago, 27 de marzo de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 2, numeral 1 de la ley Nº 20.997 sobre modernización de aduanas, que incorporó la nota legal nacional Nº 6, en la sección 0, del Arancel Aduanero; el decreto supremo Nº 651, de 20 de mayo de 2015, del Ministerio de Hacienda; el decreto exento Nº 473, de 26 de octubre de 2021, del Ministerio de Hacienda, que modifica Arancel Aduanero Nacional de la República de Chile; el decreto supremo Nº 71, de 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el Oficio Ordinario Nº 415, de 1 de marzo de 2023, de la Subsecretaría de Hacienda; el Oficio Ordinario Nº 1, de 7 de marzo de 2023, de la Sra. Gerente de Información Estadística del Banco Central de Chile; y, la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el artículo 2, numeral 1 de la ley Nº 20.997 sobre modernización de aduanas, incorporó la nota legal nacional Nº 6, en la sección 0, del Arancel Aduanero, del siguiente tenor: "Nota Legal Nacional Nº 6: Los montos en dólares de las partidas arancelarias 00.09, 00.23 y 00.26 se actualizarán cada cinco años, mediante decreto supremo aprobado por el Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", de acuerdo con la variación experimentada por el Índice Oficial de Precios al Por Mayor (PPM) de los Estados Unidos de Norteamérica, en el período de sesenta meses, comprendido entre el uno de noviembre del año que antecede al de la dictación del decreto supremo y el treinta de octubre del año anterior a la vigencia de dicho decreto. En caso de resultar un monto con decimales deberá aproximarse al entero superior. Si el factor de actualización resultare negativo, se mantendrá el valor vigente anterior."

  2. Que, el Banco Central de Chile informó que la variación experimentada por el Índice Oficial de Precios al Por Mayor (PPM) de los Estados Unidos de Norteamérica, en el período de sesenta meses, comprendido entre el uno de noviembre de 2017 y el treinta de octubre de 2022, fue de 35%.

  3. Que, tratándose de la franquicia correspondiente al Código Arancelario 0009.0200, de la partida 00.09 del Arancel Aduanero, a la entrada en vigencia de la...

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